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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2017, de la Gerencia del Hospital Universitario "Infanta Sofía", como órgano de contratación, por la que se designan con carácter permanente los miembros de la Mesa de Contratación. ([1])

 

 

 

La Directora-Gerente del Hospital Universitario "Infanta Sofía", en virtud de las competencias atribuidas en materia de contratación administrativa por Resolución de 25 de febrero de 2011 ([2]), de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, de delegación de competencias en materia de contratación y gestión presupuestaria en los Gerentes de Atención Especializada, Servicio de Urgencias Médicas de Madrid y Centro de Transfusión (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 31 de marzo de 2011),

 

RESUELVE

Primero

Constituir la Mesa de Contratación del Hospital Universitario "Infanta Sofía" con las funciones que tiene conferidas por la Ley.

Segundo

Designar, con carácter permanente, como miembros de la Mesa de Contratación del Hospital Universitario "Infanta Sofía" a los siguientes:

Presidente: El Director de Gestión. Suplente, una persona perteneciente a la Comisión de Dirección.

Secretario: El Jefe de Servicio de Suministros. Suplente, un representante de la Unidad de Contratación Administrativa.

Vocales:

§ Un letrado habilitado para asistencia a Mesas de Contratación, por la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

§ Un interventor designado por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.

§ Un representante de la Dirección de Enfermería.

§ Dos representantes adscritos a la Dirección de Gestión.

Tercero

Cuando las circunstancias del expediente así lo aconsejen, podrá constituirse una Mesa de Contratación específica para tal fin.



[2] .- La Resolución de 25 de febrero de 2011 quedó derogada. Véase la Resolución 342/2021, de 13 de septiembre, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y Dirección General del Servicio Madrileño de Salud, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de contratación y de gestión económico-presupuestaria.