Resolución de 10 de mayo de 2010,
de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego,
por la que se habilita al Registro Telemático de la
Consejería de Economía y Hacienda para la tramitación de diversos
procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos
normalizados para su utilización electrónica. ()
El artículo 10.1 del Decreto
175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas,
informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de
Madrid, establece que tras la
entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de
solicitudes, escritos y comunicaciones
relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la
competencia para resolver el procedimiento, previos
informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al
Ciudadano y del Organismo Autónomo
Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. Estas
resoluciones deberán publicarse en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, el criterio
14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas
de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los
Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid,
establece la obligación de publicar
en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid,
por Resolución del órgano
correspondiente, los impresos normalizados de procedimientos administrativos,
previo informe de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención
al Ciudadano,
En su virtud,
RESUELVO
Primero.- Habilitación Registro Telemático
Habilitar al Registro
Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la
tramitación de los procedimientos denominados "Aplazamiento y fraccionamiento de
deudas tributarias" (), "Certificado de inexistencia de deuda
en período ejecutivo", "Devolución de ingresos".
En consecuencia,
dichos procedimientos se considerarán incluidos en el Anexo I del Decreto 175/2002,
de 14 de noviembre, cuyo último párrafo se entenderá modificado en lo relativo a la
relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Economía y Hacienda siendo de aplicación:
Trámites
susceptibles de realización ante el Registro Telemático.
Todos aquellos que en
el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de
operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en
la página web: www.madrid.org
Segundo.- Publicación de impresos
Ordenar la publicación
en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid
de los modelos de
impreso que se adjuntan como Anexos, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso
Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios
Públicos, correspondientes a los procedimientos de referencia.
ANEXOS
(Véanse en el BOCM)
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.
.- BOCM 25
de junio de 2010, corrección de errores BOCM 8 de octubre de 2010.
El texto
reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por las siguientes normas:
- Resolución
de 6 de abril de 2016, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y
Gestión del Juego, por la que se publica el modelo de impreso correspondiente
al procedimiento "Solicitud
de aplazamiento o fraccionamiento de deudas en período ejecutivo (BOCM
de 26 de abril de 2016).
- Resolución de 29 de marzo de 2016, de la Dirección General de
Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica el modelo de
impreso correspondiente al procedimiento "Solicitud de
aplazamiento/fraccionamiento de deudas tributarias y autoliquidaciones en
período voluntario".(BOCM de 9 de mayo de 2016)
DEROGADA
tácitamente por el Decreto 127/2022,
de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan aspectos
relativos a los servicios electrónicos y a la comisión de redacción,
coordinación y seguimiento del portal de internet de la Comunidad de Madrid.
Respecto a los impresos por Decreto 127/2022,
de 7 de diciembre, se ha modificado la redacción del criterio 14.h) del
Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de
evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los criterios
de calidad de la actuación administrativa en la Comunidad de Madrid: ʺLos
sistemas normalizados de solicitud se publicarán en la sede electrónica de la
Comunidad de Madrid, previo informe del órgano competente en materia de Administración
electrónica.ʺ