ORDEN POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE DOCUMENTOS CONTABLES
SOPORTE DE OPERACIONES EXTRAPRESUPUESTARIAS.
ORDEN de 12 de diciembre de 2014, del Consejero de Economía
y Hacienda, por la que se aprueban los modelos de documentos contables soporte
de operaciones extrapresupuestarias. ()
La Comunidad de Madrid,
como organización dinámica, está en un proceso de adecuación normativa y
modernización de los sistemas informáticos.
De entre las adecuaciones
normativas cabe destacar, por un lado, la aplicación de un nuevo Plan General
de Contabilidad Pública, con las implicaciones que conlleva especialmente en la
elaboración de la cuenta anual. Por otro lado, el cambio en la estructura
presupuestaria, ya utilizada en la elaboración de los presupuestos para 2015,
requiere ajustes para poder ser reflejada en los documentos contables.
De los sistemas
informáticos soporte de la gestión económica, financiera y contable, en el
ejercicio 2015 se va a evolucionar desde SIEF al proyecto NEXUS sobre
plataforma SAP.
Estos procesos de evolución
normativa e informática, así como la preparación para una futura gestión
administrativa "sin papel", hace necesaria la adecuación de los documentos contables a la
nueva realidad.
Como novedad principal se
introduce el concepto de documentos contables multiposición, significando que
los documentos podrán tener una o más imputaciones, esto es, varias cuentas
extrapresupuestarias o varios terceros, denominándose posición o línea a cada
una de las imputaciones.
Los modelos aprobados en la
presente Orden figuran en el Anexo, junto con el detalle de los campos que
deben cumplimentarse.
En su virtud, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 9.2.c) de la Ley
9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid, y en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la
Intervención General,
DISPONGO
Artículo 1 .- Objeto
1. El objeto de la presente
Orden es la aprobación de los modelos de documentos contables soporte del
registro de operaciones extrapresupuestarias en el sistema de información
económico financiero de la Comunidad de Madrid, que figuran en el Anexo de la
misma.
Dichos documentos son:
MI Mandamiento de ingreso.
MP Mandamiento de pago.
MF Mandamiento de
formalización.
MIR Mandamiento de ingreso
rectificación.
MPR Mandamiento de pago
rectificación.
2. Para realizar los
ajustes de valor negativos se utilizarán los mismos modelos referenciados.
3. Se aprueba asimismo, y figura en el
Anexo, el modelo de remesa para los documentos MI.
Artículo 2 .-Ámbito de aplicación
Las disposiciones contenidas
en la presente Orden serán de aplicación a:
a) La Administración de la
Comunidad de Madrid.
b) Los Organismos Autónomos
administrativos.
c) Los Organismos Autónomos
mercantiles.
d) Los Entes Públicos a que se refiere el
artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la
Comunidad de Madrid, cuya normativa específica confiere carácter limitativo a
los créditos de su presupuesto de gastos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Protección de datos de carácter personal
Los datos de carácter
personal que figuren en los documentos contables respetarán lo establecido en
la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, y normas que la desarrollan, de acuerdo con el régimen de protección
de tales datos implantado en el Sistema de Información Económico Financiero de
la Comunidad de Madrid a través del fichero automatizado de datos de carácter
personal "Terceros de la Comunidad de Madrid".
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan derogadas todas las normas de igual
o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la
presente Orden y expresamente la Orden 1023/1994, de 7 de junio, de la
Consejería de Hacienda, por la que se aprueban los documentos contables soporte
de operaciones extrapresupuestarias.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Título competencial
La presente Orden se dicta en el ejercicio
de las competencias del artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y del artículo 9.2.c) de
la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación
Se faculta a la Intervención General de la
Comunidad de Madrid para modificar el contenido y formato de los modelos que se
aprueban por esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará
en vigor el día 1 de enero de 2015.
ANEXOS
(Véanse en formato pdf)