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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Decreto 7/2014, de 30 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el currículo y la organización de las enseñanzas elementales de música en la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

 

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, dedica el capítulo VI del título I a las enseñanzas artísticas, entre las que se encuentran las enseñanzas elementales de música, estableciendo, en el artículo 48, que tendrán la organización que las Administraciones educativas determinen. Por tanto, es competencia de la Comunidad de Madrid regular estas enseñanzas para los centros que las imparten en su ámbito territorial.

De acuerdo con lo establecido en la citada Ley, el presente Decreto tiene por objeto regular la ordenación y el currículo correspondientes al plan de estudios común de las enseñanzas elementales de música en la Comunidad de Madrid. Al mismo tiempo se establece el marco para que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley Orgánica de Educación, los centros puedan diseñar sus proyectos propios en la organización de las enseñanzas y los currículos.

En su conjunto las enseñanzas elementales de música vertebran el currículo en torno a una especialidad instrumental. El peso específico que se otorga al conocimiento del lenguaje musical y la práctica vocal contribuye al necesario equilibrio entre el conocimiento teórico y el desarrollo de las destrezas necesarias para la práctica musical tanto individual como en grupo. Se asegura así una formación musical que proporciona el nivel de expresión artística necesario para la continuidad en estudios musicales más avanzados.

En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificada por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre.

En virtud de todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, de acuerdo con el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de enero de 2014,

 

DISPONE

 

Artículo 1.- Objeto de la norma y ámbito de aplicación

 

1. El presente Decreto tiene por objeto establecer la organización y el currículo del plan de estudios común de las enseñanzas elementales de música en la Comunidad de Madrid, así como disponer el marco para que los centros puedan establecer proyectos propios, todo ello en virtud de lo establecido en los artículos 48 y 120 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. Esta norma será de aplicación en los centros públicos y privados de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan las enseñanzas elementales de música.

 

Artículo 2.- Finalidad y organización

 

1. Las enseñanzas elementales de música, según el artículo 45 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, forman parte de las enseñanzas artísticas que tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música.

2. Las enseñanzas elementales de música forman, orientan y preparan al alumno para estudios musicales posteriores.

3. Las enseñanzas elementales de música comprenden cuatro cursos académicos, y se organizan en especialidades instrumentales cuyo estudio vertebra el currículo.

 

Artículo 3.- Objetivos y competencias o capacidades de las enseñanzas elementales de música

 

Estas enseñanzas contribuirán a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan:

1. Apreciar la importancia de la música como lenguaje artístico y medio de expresión cultural.

2. Desarrollar una sensibilidad artística que contribuya a una adecuada interpretación musical.

3. Adquirir el dominio de la técnica instrumental para la interpretación de un repertorio básico.

4. Expresarse musicalmente con autocontrol en el ámbito escénico.

5. Interpretar música en grupo habituándose a escuchar otras voces o instrumentos y a adaptarse equilibradamente al conjunto.

6. Adquirir técnicas de estudio que permitan la autonomía en el trabajo a través de la disciplina, la autocrítica y la exigencia en la búsqueda de la calidad interpretativa.

7. Valorar el silencio como elemento indispensable para el desarrollo de la concentración, la audición interna y el pensamiento musical.

 

Artículo 4.- Especialidades de las enseñanzas elementales de música

 

1. Las especialidades de las enseñanzas elementales de música reguladas en el presente Decreto son:

a) Acordeón.

b) Arpa.

c) Clarinete.

d) Clave.

e) Contrabajo.

f) Fagot.

g) Flauta travesera.

h) Flauta de Pico.

i) Guitarra.

j) Guitarra flamenca.

k) Instrumentos de Púa.

l) Instrumentos de Cuerda Pulsada.

m) Oboe.

n) Percusión.

o) Piano.

p) Saxofón.

q) Trompa.

r) Trompeta.

s) Trombón.

t) Tuba.

u) Viola.

v) Viola da Gamba.

w) Violín.

x) Violoncello.

2. La Consejería con competencias en materia de educación determinará qué especialidades se impartirán en los centros atendiendo a la petición de los mismos, a la plantilla de profesores, a la disponibilidad de espacios y a la organización general de los estudios de las enseñanzas elementales de música en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

 

Artículo 5.- Currículo

 

1. A los efectos de lo dispuesto en este Decreto, se entiende por currículo de las enseñanzas elementales de música el conjunto de objetivos, competencias o capacidades, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de estas enseñanzas.

2. Las asignaturas comunes que integran las enseñanzas elementales de música con carácter obligatorio para todos los centros y especialidades son las siguientes:

a) Instrumento.

b) Lenguaje Musical.

c) Coro.

En las enseñanzas elementales de música de todas las especialidades, excepto Percusión, la enseñanza instrumental incluirá una clase individual y una colectiva, con una hora de duración para cada una de ellas. Las clases de Percusión serán siempre colectivas, con una relación numérica, profesor/alumno no superior a 1:5 y una duración semanal de dos horas.

3. En el Anexo I.a) se recoge la distribución de las asignaturas por curso y su carga lectiva, aplicable a todas las especialidades, excepto Percusión, correspondiente al plan de estudios común. En las distintas especialidades, la clase individual de instrumento podrá ser distribuida en sesiones de treinta minutos para los alumnos de primer y de segundo curso. En el Anexo 1.b) se recoge la distribución de las asignaturas por curso y su carga lectiva aplicable a la especialidad de Percusión correspondiente al plan de estudios común.

4. En el Anexo II se recoge el currículo de las distintas asignaturas integrantes del plan de estudios común.

5. En el Anexo III se recoge la relación numérica profesor-alumno para cada asignatura del plan de estudios común de estas enseñanzas.

6. Los centros impartirán las enseñanzas de acuerdo al currículo que se establece en el presente Decreto para cada especialidad y lo desarrollarán mediante las correspondientes programaciones didácticas.

 

Artículo 6.- Proyecto propio del centro

 

1. En aplicación del principio de autonomía pedagógica consagrado por la Ley Orgánica de Educación en su artículo 120, los centros podrán elaborar proyectos propios, modificando el plan de estudios común establecido en el presente Decreto, tanto en lo que respecta a los currículos y cargas lectivas como a la inclusión de nuevas asignaturas.

2. La Consejería con competencias en materia de educación deberá autorizar los proyectos propios de los centros y para ello establecerá el procedimiento de solicitud y las condiciones de autorización.

3. En cualquier caso los proyectos propios deberán garantizar el cumplimiento de las cargas lectivas y los contenidos curriculares mínimos establecidos por la Comunidad de Madrid en el Anexo IV del presente Decreto.

4. La implantación de un proyecto propio en ningún caso podrá suponer la imposición de aportaciones a las familias ni exigencias para la Administración educativa.

 

Artículo 7.- Acceso a las enseñanzas elementales de música

 

1. Aspectos generales:

a) Para acceder a las enseñanzas elementales de música será necesario superar una prueba de acceso. Dicha prueba, que será regulada por la Consejería con competencias en materia de educación, se calificará entre 0 y 10 con un máximo de un decimal, siendo precisa la calificación de 5 o superior para el aprobado.

b) Para la realización de la prueba se constituirá en cada centro, al menos, un tribunal por especialidad y uno o varios para evaluar las aptitudes musicales generales. Estos tribunales estarán compuestos por un mínimo de tres profesores designados por el director del centro, de los que uno pertenecerá a la especialidad de Lenguaje Musical.

c) Cada tribunal dejará constancia de los resultados obtenidos en la prueba de acceso por los candidatos, mediante la cumplimentación del acta correspondiente, que incluirá la relación de los aspirantes ordenados de mayor a menor puntuación.

d) La superación de la prueba de acceso faculta exclusivamente para matricularse en el curso académico en que haya sido convocada en centros de la Comunidad de Madrid.

e) La prueba de acceso a cualquiera que sea el curso tendrá carácter de prueba única y solo podrá realizarse en un centro.

2. Acceso a primer curso:

a) La edad mínima para realizar la prueba de acceso a primer curso de estas enseñanzas será de ocho años cumplidos antes de la finalización del año natural del inicio del curso académico, sin perjuicio de aquellos casos en que, con carácter excepcional, pueda autorizarse la realización de la prueba con una edad inferior. La Consejería con competencias en materia de educación establecerá el procedimiento y las causas para obtener dicha autorización.

b) La prueba valorará, fundamentalmente, las aptitudes musicales generales, la capacidad auditiva y vocal y la aptitud melódica. No se podrán exigir a los aspirantes conocimientos previos, ni musicales ni instrumentales.

3. Acceso a otros cursos:

a) Podrá accederse a cualquier otro curso de las enseñanzas elementales de música, sin haber cursado los anteriores, siempre que, a través de una prueba de acceso, los aspirantes demuestren poseer los conocimientos necesarios, tanto teóricos como prácticos, para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes. En este caso, uno de los ejercicios de la prueba deberá consistir en un ejercicio de interpretación en el instrumento de la especialidad a la que se opte.

b) La superación de una prueba de acceso a un curso distinto del primero comporta la consideración de superadas todas las asignaturas de los cursos anteriores al que se accede. Para cada una de ellas, en los documentos de evaluación del alumno, se utilizará la expresión "validada por prueba de acceso" en el espacio correspondiente a la calificación.

 

Artículo 8.- Admisión en centros públicos

 

La Consejería con competencias en materia de educación regulará el proceso de admisión y matriculación de los alumnos en los conservatorios y los centros integrados de música de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, a partir de la puntuación obtenida en la prueba de acceso y teniendo en cuenta la edad idónea y el número de plazas disponibles. Asimismo, regulará los supuestos de renuncia o anulación de matrícula y sus efectos en cuanto a la permanencia.

 

[Por Orden 280/2018, de 2 de febrero, de la Consejería de Educación e Investigación, se regula el proceso de admisión de alumnos en centros públicos para cursar enseñanzas artísticas elementales y profesionales de danza y de música en la Comunidad de Madrid]

 

Artículo 9.- Matrícula en más de un curso y simultaneidad de especialidades

 

1. El director de un centro podrá autorizar, con carácter excepcional, la matriculación en el curso inmediatamente superior a aquellos alumnos que, previa orientación del tutor e informe favorable del equipo de profesores, tengan los suficientes conocimientos y madurez interpretativa para abordar las enseñanzas del curso superior.

2. La solicitud de ampliación de matrícula se hará con anterioridad al mes de enero de cada curso escolar.

3. Los alumnos que se hayan matriculado en más de un curso asistirán solamente a las clases de Instrumento del curso más elevado. Sin embargo, el alumno asistirá a las clases de las demás asignaturas de los dos cursos.

4. La consignación de la ampliación de matrícula se realizará en los documentos de evaluación que correspondan conforme a las normas que se dicten a tal efecto.

5. Los alumnos de estas enseñanzas que, habiendo superado la correspondiente prueba de acceso, simultaneen estudios de otra especialidad, deberán cursar ambas en el mismo centro.

 

Artículo 10.- Evaluación y calificaciones

 

1. La evaluación de las enseñanzas elementales de música se realizará teniendo en cuenta los objetivos generales, así como los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las asignaturas del currículo.

2. La evaluación del aprendizaje de los alumnos se realizará de forma continua y diferenciada según las distintas asignaturas del currículo.

3. La evaluación será realizada por el equipo de profesores coordinados por el profesor-tutor, en sesiones que tendrán lugar, al menos, una vez por trimestre.

4. Los resultados de la evaluación de las distintas asignaturas que componen el currículo se consignarán en los documentos de evaluación, conforme a las normas que dicte la Consejería con competencias en materia de educación, mediante las correspondientes calificaciones. Las calificaciones se expresarán utilizando la escala numérica de 0 a 10 sin decimales, considerándose positivas las iguales o superiores a 5 y negativas las inferiores a 5.

5. La Consejería con competencias en materia de educación regulará la concesión de Matrícula de Honor en cada una de las asignaturas del currículo de estas enseñanzas, así como, en su caso, el Premio de Enseñanzas Elementales de Música.

 

Artículo 11.- Promoción

 

1. Los alumnos promocionarán de curso cuando hayan superado las asignaturas cursadas o tengan evaluación negativa en una asignatura, siempre que esta no sea Instrumento, en cuyo caso deberán repetir curso.

2. Cuando se tengan pendientes dos o más asignaturas se deberá repetir curso en su integridad, excepto en cuarto curso, en el que se repetirán únicamente las asignaturas pendientes.

3. Los alumnos que promocionen con una asignatura con calificación negativa deberán matricularse de la misma en el curso siguiente. La recuperación de la asignatura suspensa deberá realizarse en la clase del curso al que promociona si dicha materia forma parte del mismo y en caso contrario deberá asistir a las clases del curso del que procede.

4. Cuando por haber suspendido una única asignatura se promocione al curso siguiente y, al término del mismo, vuelva a suspenderse la asignatura pendiente, se deberá repetir curso en su integridad junto con dicha asignatura, aun cuando se hubieran aprobado las restantes asignaturas del curso.

 

Artículo 12.- Permanencia

 

1. En estas enseñanzas el alumno solo podrá repetir una vez.

2. Con carácter excepcional se podrá ampliar en un año la permanencia en supuestos de enfermedad que impida el normal desarrollo de los estudios u otras circunstancias relevantes que merezcan igual consideración. La Consejería con competencias en materia de educación regulará el procedimiento para la solicitud y autorización de la ampliación de la permanencia.

 

Artículo 13.- Documentos de evaluación

 

1. Son documentos oficiales de evaluación de las enseñanzas elementales de música el expediente académico personal, las actas de evaluación, la certificación académica personal y los informes de evaluación individualizados para traslado.

2. Los documentos de evaluación llevarán las firmas fehacientes de las personas que correspondan en cada caso, con indicación del puesto desempeñado. Debajo de las mismas constará el nombre y los apellidos del firmante.

3. La Consejería con competencias en materia de educación elaborará los documentos de evaluación que habrán de reflejar la evaluación del aprendizaje de los alumnos, así como el procedimiento de cumplimentación y custodia de los citados documentos.

4. Tanto en el expediente académico como en la certificación académica personal y en el informe de evaluación individualizado por traslado se hará constar, en su caso, que los estudios se han cursado con el proyecto propio del centro.

 

Artículo 14.- Cambio de centro

 

Los alumnos que deseen proseguir las enseñanzas elementales de música en otro centro podrán ser admitidos si hubiera plazas vacantes en la especialidad y curso solicitado, en las condiciones y mediante el procedimiento que determine la Consejería con competencias en materia de educación.

 

Artículo 15.- Título de las enseñanzas elementales de música

 

1. Una vez superada la totalidad de las asignaturas que comprende el plan de estudios común de estas enseñanzas, o el que conforme el correspondiente al proyecto propio del centro, siempre que el número de horas totales cursadas no sea inferior a 570, el alumno obtendrá el Título de Enseñanzas Elementales de Música, propio de la Comunidad de Madrid.

2. La Consejería con competencias en materia de educación regulará el procedimiento para la solicitud del citado título, en el que se indicará la especialidad cursada, así como la nota media final obtenida por el alumno. El título podrá contener información sobre el plan de estudios cursado.

 

Artículo 16 - Centros privados autorizados

 

Los centros privados que deseen impartir las enseñanzas elementales de música deberán ser autorizados con carácter previo por la Consejería competente.

 

Artículo 17.- Tutoría y orientación

 

1. La tutoría y la orientación académica forman parte de la función docente y se desarrollarán a lo largo de las enseñanzas elementales de música para orientar el aprendizaje de los alumnos.

2. El profesor-tutor tendrá la responsabilidad de coordinar, tanto la evaluación como los procesos de enseñanza y de aprendizaje y realizará la función de orientación académica de los alumnos.

3. El profesor-tutor del alumno desempeñará, además, las funciones que determine la Consejería con competencias en materia de educación.

 

Disposición Adicional Primera.- Implantación de las Enseñanzas Elementales de Música

 

Las enseñanzas reguladas en el presente Decreto se implantarán en el curso 2014-2015 de forma progresiva, curso a curso, dejándose de impartir de igual modo las enseñanzas establecidas por la Orden de 28 de agosto de 1992 por la que se establece el currículo de los grados elemental y medio de Música y se regula el acceso a dichos grados.

 

Disposición Adicional Segunda.- Alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

 

La Consejería con competencias en materia de educación adoptará las medidas oportunas para la adaptación del currículo a las necesidades de los alumnos que precisen apoyo educativo. En todo caso, dichas adaptaciones deberán respetar los objetivos y contenidos fijados en el presente Decreto.

 

Disposición Adicional Tercera.- Horario de los centros integrados

 

Los Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato cuando impartan las enseñanzas elementales de música de forma integrada lo harán según el horario establecido en la Orden 3893/2008, de 31 de julio ([2]), por la que se regulan las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid.

 

Disposición Transitoria Única.- Adaptación al nuevo currículo

 

1. Los alumnos que hayan iniciado sus estudios según la Orden de 28 de agosto de 1992 por la que se establece el currículo de los grados elemental y medio de Música y se regula el acceso a dichos grados, y deban repetir curso lo harán conforme al plan de estudios vigente en el curso que deben repetir.

2. Cuando un alumno tenga calificación negativa en una asignatura del curso que esté realizando de las enseñanzas establecidas en la Orden de 28 de agosto de 1992 por la que se establece el currículo de los grados elemental y medio de Música y se regula el acceso a dichos grados, y promocione al curso siguiente, durante el período de extinción, la Consejería con competencias en materia de educación determinará las condiciones para la superación de la asignatura pendiente.

 

Disposición Derogatoria Única.- Derogación normativa

 

Quedan derogadas cuantas normas, de igual o inferior rango, se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

 

Disposición Final Primera.- Habilitación de desarrollo

 

Se autoriza al titular de la Consejería con competencias en materia de educación para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este Decreto.

 

[Por Orden 274/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas elementales de Música]

 

Disposición Final Segunda.- Entrada en vigor

 

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

 

ANEXO I

DISTRIBUCIÓN DE ASIGNATURAS POR CURSOS Y SUS CORRESPONDIENTES CARGAS LECTIVAS SEMANALES DEL PLAN DE ESTUDIOS COMÚN

(Véase en versión pdf)

 

ANEXO II

CURRÍCULO DE LAS DISTINTAS ASIGNATURAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE ESTUDIOS COMÚN DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Métodos pedagógicos

La necesidad de adaptación física de la propia constitución corporal a las peculiaridades de los distintos instrumentos hace que los estudios musicales deban ser iniciados a edades tempranas. La larga trayectoria formativa consecuente a la dificultad de estos estudios obliga a una forzosa simultaneidad de los mismos con los correspondientes a la enseñanza obligatoria y Bachillerato; ello hace aconsejable que los procesos educativos de ambos tipos de enseñanza sigan los mismos principios de actividad constructiva como factor decisivo en la realización del aprendizaje, que, en último término, es construido por el propio alumno, modificando y reelaborando sus esquemas de conocimiento.

En un currículo abierto, los métodos de enseñanza son en amplia medida responsabilidad del profesor, y no deben ser completamente desarrollados por la autoridad educativa. Únicamente en la medida en que ciertos principios pedagógicos son esenciales a la noción y contenidos del currículo que se establece, está justificado señalarlos. Por ello, con la finalidad de regular la práctica docente de los profesores y para desarrollar el currículo establecido en la presente Orden, se señalan los siguientes principios metodológicos de carácter general, principios que son válidos para todas las especialidades instrumentales y asignaturas que se regulan en la presente norma.

La interpretación musical, meta de las enseñanzas instrumentales, es, por definición, un hecho diverso, profundamente subjetivo, en cuyo resultado sonoro final se funden en unidad indisoluble el mensaje del creador contenido en la obra y la personal manera de transmitirlo del intérprete, que hace suyo ese mensaje modulándolo a través de su propia sensibilidad. Como en toda tarea educativa, es el desarrollo de la personalidad y la sensibilidad propias del alumno el fin último que se persigue aquí, de manera tanto más acusada cuanto que la música es, ante todo, vehículo de expresión de emociones y no de comunicación conceptual, en el que lo subjetivo ocupa, por consiguiente, un lugar primordial.

A lo largo de un proceso de aprendizaje de esta índole, el profesor ha de ser más que nunca un guía, un consejero, que a la vez que da soluciones concretas a problemas o dificultades igualmente concretos, debe, en todo aquello que tenga un carácter más general, esforzarse en dar opciones y no en imponer criterios, en orientar y no en conducir como de la mano hacia unos resultados predeterminados, y en estimular y ensanchar la receptividad y la capacidad de respuesta del alumno ante el hecho artístico. En la construcción de su nunca definitiva personalidad artística, el alumno es protagonista principal, por no decir único, el profesor no hace sino una labor de "arte mayéutica".

Una programación abierta, nada rígida, se hace imprescindible en materias como esta; los Centros, y dentro de ellos los profesores, deben establecer programaciones lo bastante flexibles como para que, atendiendo al incremento progresivo de la capacidad de ejecución (al "incremento" de la "técnica"), sea posible adaptarlas a las características y a las necesidades de cada alumno individual, tratando de desarrollar sus posibilidades tanto como de suplir sus carencias.

En lo que a la técnica se refiere es necesario concebirla (y hacerla concebir al alumno), en un sentido profundo, como una verdadera "técnica de la interpretación", que rebasa con mucho el concepto de la pura mecánica de la ejecución (que, sin embargo, es parte integrante de ella); de hecho, la técnica, en su sentido más amplio, es la realización misma de la obra artística y, por tanto, se fusiona, se integra en ella y es, simultáneamente, medio y fin.

El proceso de enseñanza ha de estar presidido por la necesidad de garantizar la funcionalidad de los aprendizajes, asegurando que puedan ser utilizados en las circunstancias reales en que el alumno los necesite. Por aprendizaje funcional se entiende no solo la posible aplicación práctica del conocimiento adquirido, sino también y sobre todo, el hecho de que los contenidos sean necesarios y útiles para llevar a cabo otros aprendizajes y para enfrentarse con éxito a la adquisición de otros contenidos. Por otra parte, estos deben presentarse con una estructuración clara de sus relaciones, planteando, siempre que se considere pertinente, la interrelación entre distintos contenidos de una misma área y entre contenidos de distintas asignaturas.

El marcado carácter teórico de gran parte de los aspectos básicos de la cadena formada por las disciplinas de Lenguaje Musical,  ha favorecido una enseñanza de las mismas en la que tradicionalmente su aspecto práctico se ha visto relegado de forma considerable. Los criterios de evaluación contenidos en el presente Decreto desarrollan una serie de aspectos educativos de cuya valoración debe servirse el profesor para orientar al alumno hacia aquellos cuya carencia o deficiencia lo haga necesario, estableciéndose a través de los mismos una forma de aprendizaje en que el aspecto más esencialmente práctico de la música, el contacto directo con la materia sonora, debe desarrollarse a la par que la reflexión teórica que el mismo debe conllevar en este tipo de estudios.

En cuanto a las enseñanzas, la audición de ejemplos, la lectura al teclado de los propios ejercicios, la repentización de esquemas armónicos en los que se empleen los distintos elementos y procedimientos estudiados y todos aquellos principios metodológicos en los que esté presente el contacto directo con la materia sonora deberán considerarse indispensables en la planificación de estas enseñanzas, como lógico complemento de la realización escrita, paso previo a la plena interiorización de dichos elementos y procedimientos.

Por otro lado, la compleja normativa por la que la composición musical se ha regido durante las diferentes épocas y estilos que serán objeto de estudio durante esta etapa, y que constituye la base de las distintas técnicas compositivas rigurosas que configuran tradicionalmente estos estudios, deberá ser enfocada según criterios que conduzcan tanto a la soltura en su utilización como a una correcta valoración de la misma, que permita al alumno juzgar con la perspectiva necesaria su uso en la música perteneciente a los distintos períodos históricos, para lo que serán de gran utilidad tanto el análisis como el estudio estilístico práctico, y no le supongan el lastre que un exceso de rigor en su completo dominio solía conllevar. Para la consecución de esto último será imprescindible que el desarrollo de la propia personalidad creativa del alumno, cuya aplicación es ya deseable desde el inicio de los estudios musicales, no solo no se vea pospuesto por el estudio de las técnicas tradicionales, sino potenciado por medio de la composición de obras libres de forma paralela a la composición rigurosa tradicional.

Los proyectos y programaciones de los profesores deberán poner de relieve el alcance y significación que tiene cada una de las especialidades instrumentales y asignaturas en el ámbito profesional, estableciendo una mayor vinculación del centro con el mundo del trabajo y considerando este como objeto de enseñanza y aprendizaje, y como recurso pedagógico de primer orden.

El carácter abierto y flexible de la propuesta curricular confiere gran importancia al trabajo conjunto del equipo docente. Las programaciones didácticas son un instrumento ligado al ámbito de reflexión sobre la práctica docente que permite al equipo de profesores adecuar el currículo al contexto educativo particular del Centro.

La información que suministra la evaluación debe servir como punto de referencia para la actuación pedagógica. Por ello, la evaluación es un proceso que debe llevarse a cabo de forma continua y personalizada, en la medida en que se refiere al alumno en su desarrollo peculiar, aportándole información sobre lo que realmente ha progresado respecto de sus posibilidades, sin comparaciones con supuestas normas preestablecidas de rendimiento.

Los procesos de evaluación tienen por objeto tanto los aprendizajes de los alumnos como los procesos mismos de enseñanza. Los datos suministrados por la evaluación sirven para que el equipo de profesores disponga de información relevante con el fin de analizar críticamente su propia intervención educativa y tomar decisiones al respecto. Para ello, la información suministrada por la evaluación continua de los alumnos debe relacionarse con las intenciones que se pretenden y con el plan de acción para llevarlas a cabo. Se evalúa, por tanto, la programación del proceso de enseñanza y la intervención del profesor como organizador de estos procesos.

Es preciso concretar dentro de las programaciones didácticas las formas, instrumentos y situaciones más adecuadas para realizar este tipo de evaluación. En él, los equipos docentes, además de contextualizar los objetivos generales y criterios de evaluación de grado deberán especificar los objetivos y criterios de evaluación para cada uno de los cursos o ciclos, incluyendo en estos otros los aprendizajes relacionados con las correspondientes programaciones didácticas.

Es necesario que el alumno participe en el proceso a través de la autoevaluación y la coevaluación, en una etapa en la que se pretende impulsar la autonomía del alumnado y su implicación responsable, y en la que la elaboración de juicios y criterios personales sobre distintos aspectos es una intención educativa preferente.

 

ASIGNATURAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA

 

Coro

Objetivos y competencias o capacidades

 

La enseñanza de coro en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Proyectar una emisión natural de la voz que evite todo tipo de tensiones (corporales, psíquicas y sociales).

2. Conocer la disponibilidad de la voz como vehículo de expresión musical y de disfrute inmediato sin exigencias técnicas previas.

3. Demostrar una sensibilidad auditiva capaz de percibir y ejecutar el canto con una afinación correcta.

4. Actuar con la capacidad auditiva y la concentración necesaria para escuchar otras voces y cantar, al mismo tiempo, la parte correspondiente dentro de un concepto interpretativo común.

5. Ser consciente de la importancia que tienen las normas y reglas que rigen la actividad musical de conjunto y aceptar la responsabilidad que, como miembro de un grupo, se contrae con la música y con los compañeros.

6. Conocer, a través del trabajo de grupo, los elementos básicos de la interpretación artística (fraseo, articulación, dinámica, agógica) y saber interrelacionar dicha experiencia con el estudio individual propio.

7. Conocer los gestos básicos de la dirección y adquirir la capacidad de interpretar la música de acuerdo con ellos.

8. Relacionar los conocimientos de música con los adquiridos a través del canto coral y conocer un repertorio específico que enriquezca su bagaje musical.

 

Contenidos

1. Realización de trabajos con la métrica de las palabras.

2. Realización de ejercicios de relajación, respiración y técnica vocal.

3. Afinación y empaste. Articulación y fraseo.

4. Canciones a una sola voz, a dos y tres voces iguales: Introducción a la polifonía vocal. Improvisación vocal en grupo.

5. Formas y composiciones polifónicas no convencionales (texturas, atmósferas, efectos, etcétera).

 

Criterios de evaluación

1. Reproducir cualquiera de las obras programadas durante el curso en conjunto de tres o más miembros por cuerda.

Este criterio trata de evaluar la capacidad para adecuar todos los elementos de la interpretación a la eficacia del conjunto y la actitud de colaboración.

2. Repentizar obras homofónicas de poca o mediana dificultad y de claros contornos tonales.

Con este criterio se pretende evaluar la capacidad de relacionar la afinación con el sentido tonal y el instinto para integrarse en el conjunto.

3. Preparar una obra en grupo, sin la dirección del profesor.

Este criterio trata de valorar la capacidad para aplicar los conocimientos de los distintos elementos que intervienen en la interpretación de manera adecuada con el estilo elegido.

4. Estudiar en casa las obras correspondientes al repertorio programado.

Mediante este criterio se pretende evaluar el sentido de la responsabilidad con el grupo y con la música.

5. Entonar intervalos y acordes a partir de la nota "La" del diapasón, ampliando progresivamente la dificultad.

Con este criterio se trata de evaluar la capacidad para que cada miembro del coro piense en un tiempo mínimo el sonido que le corresponde y lo reproduzca de forma afinada. Asimismo se constata el grado de interiorización de las distintas relaciones interválicas.

 

Lenguaje Musical

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Lenguaje Musical en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Compartir vivencias musicales con los compañeros del grupo, que le permitan al alumno enriquecer su relación afectiva con la música a través del canto, del movimiento, de la audición y de instrumentos.

2. Utilizar una correcta emisión de la voz para la reproducción interválica y melódica general, hasta considerarlas como un lenguaje propio, tomando el canto como actividad fundamental.

3. Demostrar la coordinación motriz necesaria para la correcta interpretación del ritmo, utilizando las destrezas de asociación y disociación correspondientes.

4. Utilizar el "oído interno" para relacionar la audición con su representación gráfica, así como para reconocer timbres, estructuras formales, indicaciones dinámicas, expresivas, temporales, etcétera.

5. Interpretar de memoria melodías y canciones que conduzcan a una mejor comprensión de los distintos parámetros musicales.

6. Relacionar los conocimientos prácticos de lectura y escritura con el repertorio propio del instrumento.

7. Realizar experiencias armónicas, formales, tímbricas, etcétera, que están en la base del pensamiento musical consciente, partiendo de la práctica auditiva vocal e instrumental.

 

Contenidos

1. Ritmo:

Percepción, identificación e interiorización del pulso. Percepción e identificación del acento.

Unidades métricas: Reconocimiento de compases binarios, ternarios y cuaternarios.

Figuras rítmicas. Fórmulas rítmicas básicas. Simultaneidad de ritmos.

2. Tempo y agógica:

Práctica, identificación y conocimiento de fórmulas rítmicas básicas originadas por el pulso binario o ternario.

Práctica, identificación y conocimiento de grupos de valoración especial contenidos en un pulso.

Práctica, identificación y conocimiento de signos que modifican la duración (puntillos, ligaduras).

Práctica, identificación y conocimiento de hechos rítmicos característicos: Síncopa, anacrusa, etcétera.

Práctica e identificación de cambios de compás con interpretación de equivalencias pulso = pulso o figura = figura.

3. Entonación, audición y expresión:

Conocimiento de la voz y su funcionamiento. Respiración, emisión, articulación, etcétera.

La altura: Tono, intensidad, color, duración, afinación determinada e indeterminada, etcétera.

Sensibilización y práctica auditiva y vocal de los movimientos melódicos.

Reproducción memorizada vocal o escrita de fragmentos melódicos o canciones.

Práctica de lectura de notas unido a la emisión vocal del sonido que les corresponde. Claves de Sol en segunda y Fa en cuarta.

Reconocimiento auditivo o reproducción vocal de intervalos melódicos simples, mayores, menores y justos, dentro y fuera del concepto tonal.

Reconocimiento auditivo de intervalos armónicos simples, mayores, menores y justos.

Interpretación vocal de obras adecuadas al nivel con o sin texto, con o sin acompañamiento.

Práctica de lectura de notas escritas horizontal o verticalmente en claves de Sol en segunda y Fa en cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento trabajado por el alumno.

Sensibilización y conocimiento de grados y funciones tonales, escalas, alteraciones.

Sensibilización, identificación y reconocimiento de elementos básicos armónicos y formales, tonalidad, modalidad, cadencias, modulaciones, frases, ordenaciones formales: Repeticiones, imitaciones, variaciones, contraste, sobre obras adaptadas al nivel.

Reproducción de dictados rítmicos, melódicos y rítmico-melódicos a una voz.

Identificación de errores o diferencias entre un fragmento escrito y lo escuchado.

Identificación, conocimiento e interpretación de los términos y signos que afectan a la expresión.

Utilización improvisada de los elementos del lenguaje con o sin propuesta previa.

 

Criterios de evaluación

1. Imitar estructuras melódicas y rítmicas breves con la voz y con la percusión.

Este criterio de evaluación pretende comprobar el grado de memoria y la capacidad de reproducir con fidelidad el mensaje recibido, tanto en sus aspectos sonoros como en su realización motriz.

2. Reconocer auditivamente el pulso de una obra o fragmento, así como el acento periódico.

Con este criterio de evaluación se trata de constatar la percepción del pulso como referencia básica para la ejecución rítmica, así como la identificación del acento periódico base del compás.

3. Mantener el pulso durante períodos breves de silencio.

Tiene por objetivo lograr una correcta interiorización del pulso que le permita una adecuada ejecución individual o colectiva.

4. Ejecutar instrumental, vocalmente o bien en forma percutida, estructuras rítmicas de una obra o fragmento.

Con este criterio de evaluación se pretende constatar la capacidad de encadenar diversas fórmulas rítmicas adecuadas a este nivel con toda precisión y dentro de un tempo establecido.

5. Aplicar un texto a un ritmo sencillo o viceversa.

Se trata de evaluar con este criterio la capacidad del alumno para asociar ritmos con palabras o frases de igual acentuación.

6. Identificar auditivamente e interpretar cambios sencillos de compás.

Se intenta verificar la capacidad de percepción auditiva y de realización práctica de cambios de compás de unidad igual o diferente. En este caso solamente: 1) negra = negra, 2) negra = negra con puntillo, 3) negra = blanca, 4) corchea = corchea, y viceversa en los casos 2) y 3).

7. Entonar una melodía o canción tonal con o sin acompañamiento.

Tiene por objeto comprobar la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de afinación a un fragmento tonal aplicando indicaciones expresivas presentes en la partitura. De producirse acompañamiento instrumental este no reproducirá la melodía.

8. Leer internamente, en un tiempo dado y sin verificar la entonación, un texto musical y reproducirlo de memoria.

Este criterio trata de comprobar la capacidad del alumno para imaginar, reproducir y memorizar imágenes sonoras de carácter melódico-rítmico a partir de la observación de la partitura.

9. Identificar y entonar intervalos armónicos o melódicos mayores, menores o justos en un registro medio.

Este criterio permite detectar el dominio del intervalo por parte del alumno, bien identificando el intervalo armónico o melódico, bien entonando este último.

10. Identificar auditivamente el modo (mayor-menor) de una obra o fragmento.

Se pretende constatar la capacidad del alumno para reconocer este fundamental aspecto del lenguaje, proporcionándole elementos para su audición inteligente.

11. Reproducir modelos melódicos sencillos, escalas o acordes a partir de diferentes alturas.

Se trata de comprobar la destreza del alumno para reproducir un mismo hecho melódico desde cualquier sonido, manteniendo correctamente la interválica del modelo, y entendiendo la tonalidad como un hecho constante.

12. Improvisar estructuras rítmicas sobre un fragmento escuchado.

Con este criterio de evaluación se pretende estimular la capacidad creativa del alumno aplicando libremente fórmulas rítmicas conocidas o no, acordándolas con el pulso y el compás del fragmento escuchado.

13. Improvisar melodías tonales breves.

Este criterio pretende comprobar la asimilación por parte del alumno de los conceptos tonales básicos.

14. Reproducir por escrito fragmentos musicales escuchados.

Mediante este criterio se evalúa la capacidad del alumno para interiorizar y reproducir imágenes sonoras percibidas. Según el nivel de dificultad propuesto esta reproducción puede circunscribirse a aspectos rítmicos o melódicos-tonales, o bien a ambos conjuntamente.

15. Describir con posterioridad a una audición los rasgos característicos de las obras escuchadas o interpretadas.

Mediante este criterio de evaluación se pretende comprobar la capacidad del alumno para percibir aspectos distintos: Rítmicos, melódicos, modales, cadenciales, formales, tímbricos, etcétera, seleccionando previamente los aspectos que deban ser identificados o bien dejando libremente que identifiquen los aspectos que les resulten más notorios.

16. Improvisar individual o colectivamente pequeñas formas musicales partiendo de premisas relativas a diferentes aspectos del lenguaje musical.

Este criterio de evaluación pretende comprobar el desarrollo creativo y la capacidad de seleccionar elementos de acuerdo con una idea y estructurados en una forma musical. Asimismo se pretende que sean capaces de discernir ideas principales y secundarias.

 

INSTRUMENTOS

Acordeón

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Acordeón en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición adecuada para la correcta colocación del instrumento que permita el control de los elementos anatómico-funcionales que intervienen en la relación del conjunto "cuerpo-instrumento".

2. Coordinar cada uno de los diferentes elementos articulatorios que intervienen en la práctica del instrumento.

3. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas dentro de las exigencias del nivel.

4. Interpretar un repertorio básico integrado por obras de diferentes estilos, de una dificultad acorde con este nivel, como solista y como miembro de un grupo.

5. Controlar la producción y calidad del sonido a través de la articulación digital y la articulación del fuelle.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Desarrollo paralelo de ambas manos dentro de la modalidad de instrumento elegida (MI-MIII), "free bass", o MI-MIII/II, "convertor").

Estudio de los diversos sistemas de escritura y grafías propias del instrumento.

Coordinación, independencia, simultaneidad y sincronización de los diversos elementos articulatorios: dedos, manos, antebrazo/fuelle, etcétera.

Independencia de manos y dedos: dos voces o líneas en la misma mano, diferencia entre melodía y acompañamiento, polirritmia.

Control del sonido: Ataque, mantenimiento y cese del sonido; regularidad y gradación rítmica y dinámica; simultaneidad e independencia de las partes en la interpretación de diversas texturas, etcétera.

Estudio del fuelle: Posibilidades y efectos, empleo de respiración y ataque, regularidad, dinámica, acentos de antebrazo, brazo, etcétera.

Estudio de la registración: Cambios de registros durante la interpretación, conocimiento aplicado de la función de los registros para comprender la relación entre lo escrito y lo escuchado, registración de obras, etcétera.

Interpretación de texturas melódicas, al unísono (MI/III), polifónicas (MI/III), homofónicas (MI-MIII/II), etcétera.

Aplicación práctica de los conceptos de "posición fija" y "desplazamiento de la posición" sobre los diferentes manuales; digitación de pequeños fragmentos en función de sus características musicales: tiempo, movimientos melódicos, articulación, etcétera.

Aprendizaje de los diversos modos de ataque y articulación digital (legato, staccato, etcétera), articulación de fuelle (trémolo de fuelle, ricochet de fuelle, etcétera) y de las combinaciones de ambas.

Utilización de la dinámica y efectos diversos.

Práctica de la lectura a vista.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de estudio.

Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del repertorio acordeonístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Arpa

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Arpa en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una correcta posición corporal en consonancia con la configuración del instrumento.

2. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas dentro de las exigencias del nivel.

3. Interpretar un repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Iniciación al conocimiento de las digitaciones en función de las conveniencias técnicas y expresivas.

Estudio de la tabla de afinación y ejercicios prácticos con y sin aparatos auxiliares.

Práctica de posición fija. Práctica de los pedales y de su aplicación a los procesos modulantes. Práctica de intervalos armónicos, acordes, escalas y arpegios.

Desarrollo de la velocidad. Iniciación a las técnicas de efecto y expresión: Legatos, sforzandos, articulaciones, picados, picado-ligados, suelto (las tres últimas con toda la variedad de técnicas de apagados).

Técnicas de flexibilidad y balanceo de muñecas y brazos, respiración y relajación. Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de estudio.

Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos.

Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del repertorio del Arpa que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

 

Clave

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Clave en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una postura adecuada del cuerpo que favorezca la actividad del conjunto brazo-antebrazo-mano en el instrumento.

2. Conocer el mecanismo interno del instrumento y saber utilizar sus posibilidades para obtener un perfeccionamiento gradual de la calidad sonora.

3. Utilizar las posibilidades expresivas y dinámicas de distintas combinaciones de teclados y registros.

4. Interpretar un repertorio básico que incluya obras representativas de diversas épocas y estilos adecuados a este nivel.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Aprendizaje de los diversos modos de ataque y de articulación en relación con la frase y la textura musical.

Estudio de las diferentes digitaciones y su estrecha conexión con la articulación y el fraseo. Práctica de ejercicios de independencia y fortalecimiento de los dedos. Trabajo en dos teclados.

Conocimiento de los distintos bajos ostinatos sobre los que han construido determinadas obras. Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos.

Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles -motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva de ejercicios y obras del repertorio clavecinístico propio de este nivel, que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Flauta de Pico

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Flauta de Pico en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.

2. Controlar el aire mediante la respiración diafragmática de forma que posibilite una correcta emisión, afinación, articulación y flexibilidad del sonido.

3. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.

4. Utilizar los reflejos necesarios para corregir de forma automática la afinación de las notas y la calidad del sonido.

5. Comprender el sentido de las distintas articulaciones como fundamento de la expresividad musical del instrumento.

6. Interpretar un repertorio básico que incluya obras representativas de diversas épocas y estilos adecuados a este nivel.

7. Práctica de conjunto.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Conocimiento de la digitación propia de las distintas flautas y práctica de las mismas.

Práctica de las diferentes articulaciones y ataques. Práctica de la improvisación. Práctica de la lectura a vista.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de estudio.

Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles -motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del repertorio de Flauta de Pico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno. Interpretación del repertorio propio del conjunto de flautas de una dificultad adecuada a este nivel.

 

Guitarra

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Guitarra en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición adecuada del cuerpo respecto al instrumento, que posibilite y favorezca la acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-manos-dedos izquierdos sobre el diapasón y derechos sobre las cuerdas.

2. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento para conseguir un perfeccionamiento continuo de la calidad sonora y saber utilizarlo, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.

3. Interpretar un repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

1. Percepción y desarrollo de las funciones motrices que intervienen en la ejecución guitarrística y de su adecuada coordinación.

Desarrollo de la habilidad de cada mano y la sincronización de ambas.

Desarrollo de la sensibilidad auditiva como factor fundamental para la obtención de la calidad sonora. Afinación de las cuerdas.

Desarrollo de la distancia entre los dedos de la mano izquierda. Principios generales de la digitación guitarrística y su desarrollo en función de expresar con la mayor claridad las ideas y contenidos musicales.

Trabajo de la dinámica y la agógica. Utilización de las posibilidades tímbricas del instrumento. Conocimientos básicos de los distintos recursos de la guitarra.

Aprendizaje de las diversas formas de ataque en la mano derecha para conseguir progresivamente una calidad sonora adecuada y realizar distintos planos simultáneos. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Desarrollo de una conducción clara de las voces en obras contrapuntísticas. Armónicos naturales. Iniciación a la grafía contemporánea.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudios correctos.

Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio guitarrístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Guitarra flamenca

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Guitarra flamenca en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar la posición adecuada del cuerpo respecto del instrumento que posibilite y favorezca la acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-manos-dedos izquierdos sobre el diapasón y derechos sobre las cuerdas.

2. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento para conseguir un perfeccionamiento continuo de la calidad sonora, saber utilizarlas dentro de las exigencias del nivel, así como desarrollar hábitos de cuidado y mantenimiento del mismo.

3. Interpretar un repertorio básico de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

Percepción y desarrollo de las funciones motrices que intervienen en la ejecución guitarrística flamenca y de su adecuado control y coordinación.

1. Desarrollo de la habilidad de cada mano y la sincronización de ambas. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como factor fundamental para la obtención de una mayor calidad sonora.

Afinación del instrumento. Principios generales de la digitación guitarrística flamenca: Pulgar, picado, arpegio, trémolo, alzapúa, rasgueado, así como su realización en función de una mayor expresividad de las ideas y contenidos musicales. Trabajo de la dinámica y de la agógica.

Utilización de las distintas posibilidades tímbricas del instrumento. Conocimientos básicos de los diferentes recursos de la guitarra. Aprendizaje de las diversas formas de ataque de la mano derecha para conseguir progresivamente una calidad sonora y rítmica adecuada a la realización de distintos planos simultáneos Aprendizaje de los cambios de posición de la mano izquierda: Deslizamientos, posiciones, traslados longitudinales y transversales, etcétera, para conseguir una mejor adaptación de los mismos de cara a la interpretación.

Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales centrando la atención en los toques básicos (soleá, seguiriya y tiento) en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera. Práctica de conjunto.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio, correctos y eficaces. Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos. Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio guitarrístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Instrumentos de cuerda: Violín, viola, violoncello y contrabajo

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de instrumentos de cuerda en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición corporal que permita la correcta colocación del instrumento y que favorezca al manejo del arco y la actividad de la mano izquierda así como la coordinación entre ambos.

2. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.

3. Demostrar una sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación y el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora.

4. Interpretar un repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

1. Producción del sonido: Cuerdas al aire, empleando todo el arco y distintas longitudes de este.

Posición del instrumento y del arco: control muscular.

Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Conocimiento de los golpes de arco básicos y del vibrato como elementos de expresión musical.

Estudio de las posiciones. Desarrollo del movimiento horizontal del brazo derecho (cantabile) y del movimiento perpendicular de los dedos de la mano izquierda así como de la coordinación entre ambos.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y eficaces.

Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Instrumentos de Cuerda Pulsada

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de los Instrumentos antiguos de cuerda pulsada en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una postura adecuada del cuerpo que favorezca la actividad del conjunto brazo-antebrazo-mano-dedos en el instrumento.

2. Conocer el mecanismo de sensación-pulsación de las cuerdas y saber utilizar sus posibilidades para obtener un perfeccionamiento gradual de la calidad sonora.

3. Utilizar las posibilidades expresivas y dinámicas de distintas combinaciones de pulsación (cuerda simple o doble, apoyando o sin apoyar, sensación de peso en pulgar, figueta, etcétera).

4. Interpretar un repertorio básico que incluya arreglos, estudios, prácticas y obras representativas de diversos estilos adecuados a este nivel.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Aprendizaje de los diversos modos de ataque y pulsación en relación con la frase (notas fuertes y débiles, con pulgar, índice o medio) y la textura musical (una o más voces).

Estudio de las diferentes tablaturas (italiana y francesa) y nota real.

Práctica de ejercicios de independencia y fortalecimiento de los dedos.

Trabajo en grupo (clase colectiva).

Conocimiento de los distintos bajos ostinatos sobre los que se han construido determinadas obras.

Lectura a vista de piezas o fragmentos sencillos.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria.

Adquisición de hábitos de estudio correctos.

Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva. Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva de ejercicios y obras del repertorio propio de este nivel, que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Instrumentos de púa

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de instrumentos de púa en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición adecuada del cuerpo respecto al instrumento, que posibilite y favorezca la acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-manos-dedos izquierdos sobre el diapasón y derechos sobre la púa y las cuerdas.

2. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.

3. Utilizar, siempre dentro de las exigencias del nivel, las distintas articulaciones de la púa, posibles en estos instrumentos.

4. Interpretar un repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Conocimiento del diapasón y del funcionamiento de la mano izquierda. Coordinación entre ambas manos.

El diapasón en la bandurria y en la mandolina: sus características. Práctica de la afinación con y sin aparatos auxiliares.

Práctica de las distintas articulaciones de la púa (directa, indirecta, alzapúa, batido) teniendo en cuenta las diversas cualidades de los sonidos a emitir.

Práctica de la lectura a vista. Iniciación en la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles: motivos, temas, frases, secciones, etcétera, para conseguir sentar las bases de una interpretación consciente.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y eficaces.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno. Práctica de conjunto.

 

Instrumentos de viento madera: Flauta travesera, oboe, clarinete, fagot y saxofón

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de instrumentos de viento madera en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.

2. Controlar el aire mediante la respiración diafragmática y los músculos que forman la embocadura de manera que posibilite una correcta emisión, afinación, articulación y flexibilidad del sonido.

3. Saber utilizar con precisión los reflejos necesarios para corregir, de forma automática, la afinación de las notas y la calidad del sonido.

4. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.

5. Demostrar una sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación y el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora.

6. Emitir un sonido estable, en toda la extensión del instrumento, empezando a utilizar el vibrato y los diferentes matices para dar color y expresión a la interpretación musical.

7. Conocer el montaje y fabricación de las lengüetas y poder rebajarlas para su correcto funcionamiento (instrumentos de lengüeta doble).

8. Interpretar un repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

1. Práctica de la relajación y respiración para el desarrollo de la capacidad pulmonar. Fortalecimiento de los músculos faciales.

Ejercicios de respiración sin y con instrumento (notas tenidas controlando la afinación, calidad del sonido y dosificación del aire).

Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Práctica de escalas e intervalos (terceras, cuartas) controlando la emisión del aire en diferentes articulaciones. Emisión del sonido en relación con las diversas dinámicas y alturas. Desarrollo de la flexibilidad en los saltos, articulaciones, trinos, etcétera.

Práctica de conjunto con otros instrumentos para desarrollar la afinación, el ajuste y la precisión rítmica.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y eficaces.

Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva. Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Instrumentos de viento metal: Trompa, trompeta, trombón, tuba

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de instrumentos de viento metal en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.

2. Controlar el aire mediante la respiración diafragmática y los músculos que forman la embocadura de manera de posibilite una correcta emisión, afinación, articulación y flexibilidad del sonido.

3. Saber utilizar con precisión los reflejos necesarios para corregir de forma automática, la afinación de las notas y la calidad del sonido.

4. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.

5. Demostrar una sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación y el perfeccionamiento continuo de la calidad sonora.

6. Interpretar un repertorio básico integrado por obras representativas de diferentes estilos, de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

1. Práctica de la relajación y respiración para el desarrollo de la capacidad pulmonar. Fortalecimiento de los músculos faciales.

Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Estudios de emisión del sonido. Principios básicos de la digitación. Práctica de las distintas articulaciones. Trabajo de la dinámica.

Desarrollo de la flexibilidad de los labios, con la práctica de intervalos ligados y con posiciones fijas. Estudio de la boquilla. Utilización de instrumentos afines, que por tamaño faciliten el posterior aprendizaje de la tuba o el trombón (bombardino o trombón de pistones) o de la trompeta (cornetín o corneta de pistones).

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y eficaces.

Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Percusión

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de percusión en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Conocer las características de todos los instrumentos que constituyen la familia de la percusión y sus posibilidades sonoras para utilizarlas, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como en la colectiva.

2. Aplicar una sensibilidad auditiva que valore por igual, en toda la gama de instrumentos, la exigencia de la calidad sonora.

3. Interpretar un repertorio de conjunto de diferentes estilos adecuado a las dificultades de este nivel.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la habilidad de cada mano y del juego coordinado de ambas.

Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa para conocer, valorar y emplear toda la riqueza y la diversidad tímbrica que poseen los instrumentos que integran la sección. Desarrollo de la versatilidad necesaria para tocar simultánea o sucesivamente distintos instrumentos.

Conocimientos básicos de la forma de producción del sonido en cada instrumento (distintos tipos de baquetas, dedos, manos, etcétera). Principios generales sobre los cambios de manos. Aprendizaje de los diversos modos de ataque.

Estudio de los instrumentos de "pequeña percusión", con especial hincapié en todos aquellos que se puedan tocar directamente con la mano (bongóes, pandero, tumbadoras, etcétera). Desarrollo de la práctica de conjunto como medio indispensable para adquirir la percepción simultánea de la diversidad tímbrica característica de la percusión.

Aprendizaje elemental de caja, xilófono y timbales como instrumentos básicos para el desarrollo rítmico, melódico y auditivo (afinación); estudios de dificultad progresiva en estos instrumentos.

Estudio de obras de nivel elemental para conjunto de percusión que reúnan una gama amplia y variada de instrumentos con intercambio sistemático de los diversos instrumentos que integren el conjunto.

Práctica de la improvisación en grupo. Práctica de la lectura a vista para favorecer la flexibilidad de adaptación a las características de escritura para los diversos instrumentos.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y eficaces.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Piano

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de piano en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición adecuada del cuerpo con respecto al instrumento, que posibilite y favorezca la acción del conjunto brazo-antebrazo-mano sobre el teclado.

2. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas dentro de las exigencias del nivel.

3. Conocer las diferentes épocas que abarca la literatura pianística a lo largo de su historia y de las exigencias que plantea una interpretación estilísticamente correcta.

4. Mostrar un grado de desarrollo técnico que permita abordar siempre dentro de las exigencias del nivel, los distintos estilos de escritura que son posibles en un instrumento de la capacidad polifónica del piano.

5. Interpretar un repertorio de obras representativas de las diferentes épocas y estilos de una dificultad adecuada al nivel.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la percepción interna de la propia relajación, así como de los indispensables esfuerzos musculares que requiere la ejecución instrumental, tratando siempre de hallar un equilibrio satisfactorio entre ambos factores.

Sentar las bases de una utilización consciente del peso del brazo. Desarrollo de la habilidad de cada mano y del juego coordinado de ambas.

Planificación del trabajo de la técnica teniendo en cuenta los siguientes principios generales: a) Práctica de la técnica digital dirigida a incrementar la independencia, la velocidad, la resistencia y la capacidad de diversificación dinámica partiendo de los movimientos de las articulaciones de los dedos; b) estudio de los movimientos posibles a partir de las distintas articulaciones del brazo (muñeca, codo, hombro), tales como caídas, lanzamientos, desplazamientos laterales, movimientos circulares y de rotación y toda la combinatoria que permiten; c) percepción clara de que la interacción permanente de esos diferentes tipos de acciones constituyen la base de toda técnica pianística eficaz.

Estudio de los principios generales de la digitación pianística y su desarrollo en función de la complejidad progresiva de las dificultades a resolver.

Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Aprendizaje de los diversos modos de ataque y de articulación en relación con la dinámica, la conducción de la frase y la densidad de la textura musical.

Desarrollo de la capacidad de obtener simultáneamente sonidos de distinta intensidad entre ambas manos o entre los dedos de una misma mano, tratando de alcanzar una diferenciación dinámica que resulta indispensable en un instrumento polifónico como el piano, ya se trate de la relación melodía-acompañamiento o de planteamientos contrapuntísticos de mayor o menor complejidad.

Conocimiento y práctica de los pedales. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria. Desarrollo de hábitos correctos y eficaces de estudio, estimulando la concentración, el sentido de la autocrítica y la disciplina en el trabajo. Práctica de conjunto.

2. Selección, progresiva en cuanto al grado de dificultad, de los ejercicios, estudios y obras del repertorio pianístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Viola da Gamba

Objetivos y competencias o capacidades

La enseñanza de Viola da Gamba en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:

1. Adoptar una posición corporal que permita la correcta colocación del instrumento y que favorezca el manejo del arco y de la actividad de la mano izquierda así como la coordinación entre ambos.

2. Conocer las características y posibilidades sonoras del instrumento para conseguir un perfeccionamiento continuo de la calidad sonora y saber utilizarlo, dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de conjunto.

3. Demostrar una sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación.

4. Interpretar un repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una dificultad acorde con este nivel.

 

Contenidos

1. Desarrollo de la sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena calidad de sonido.

Principios básicos de las posiciones de los dedos, de las posiciones en el mástil y del manejo del arco.

Desarrollo de la conciencia corporal necesaria para comprender la incidencia de los movimientos en el manejo del instrumento.

Sensibilización del brazo derecho para obtener un ataque justo, seguridad rítmica y flexibilidad en los cambios de arco. Sensibilización del brazo izquierdo para desarrollar la agilidad, afinación y facilitar la ornamentación.

Desarrollo de la improvisación. Introducción a la práctica de la interpretación histórica. Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria.

Adquisición de hábitos de estudio correcto y eficaz.

Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente intuitiva.

Práctica de conjunto.

2. Selección progresiva en cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno.

 

Criterios de evaluación: Instrumento

1. Leer textos a primera vista con fluidez y comprensión.

Este criterio de evaluación pretende constatar la capacidad del alumno para desenvolverse con cierto grado de autonomía en la lectura de un texto.

2. Memorizar e interpretar textos musicales empleando la medida, afinación, articulación y fraseo adecuados a su contenido.

Este criterio de evaluación pretende comprobar, a través de la memoria, la correcta aplicación de los conocimientos teórico-prácticos del lenguaje musical.

3. Interpretar obras de acuerdo con los criterios del estilo correspondiente.

Este criterio de evaluación pretende comprobar la capacidad del alumno para utilizar el tempo, la articulación y la dinámica como elementos básicos de la interpretación.

4. Describir con posterioridad a una audición los rasgos característicos de las obras escuchadas.

Con este criterio se pretende evaluar la capacidad para percibir y relacionar con los conocimientos adquiridos, los aspectos esenciales de obras que el alumno pueda entender según su nivel de desarrollo cognitivo y afectivo, aunque no las interprete por ser nuevas para él o resultar aún inabordables por su dificultad técnica.

5. Mostrar en los estudios y obras la capacidad de aprendizaje progresivo individual.

Este criterio de evaluación pretende verificar que el alumno es capaz de aplicar en su estudio las indicaciones del profesor y, con ellas, desarrollar una autonomía progresiva de trabajo que le permita valorar correctamente su rendimiento.

6. Interpretar en público como solista y de memoria, obras representativas de su nivel en el instrumento, con seguridad y control de la situación.

Este criterio de evaluación trata de comprobar la capacidad de memoria y autocontrol y el dominio de la obra estudiada. Asimismo pretende estimular el interés por el estudio y fomentar las capacidades de equilibrio personal que le permitan enfrentarse con naturalidad ante un público.

7. Actuar como miembro de un grupo y manifestar la capacidad de tocar o cantar al mismo tiempo que escucha y se adapta al resto de los instrumentos o voces.

Este criterio de evaluación presta atención a la capacidad del alumno para adaptar la afinación, la precisión rítmica, dinámica, etcétera, a la de sus compañeros en un trabajo común.

 

 

ANEXO III

RELACIÓN NUMÉRICA PROFESOR-ALUMNO

(Véanse en versión pdf)

 

 

ANEXO IV

CARGAS LECTIVAS MÍNIMAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA

CONTENIDOS CURRICULARES MÍNIMOS

 

Cargas lectivas mínimas de las enseñanzas elementales de música

(Véase en versión pdf)

 

Contenidos curriculares mínimos

Los contenidos curriculares mínimos, incluyendo las competencias o capacidades, son los del Anexo II, sustituyendo, en los contenidos de las especialidades instrumentales el apartado 2 por el siguiente:

"2. Ejercicios y repertorio instrumental adecuado al nivel".



[1].-           BOCM de 4 de febrero de 2014. Corrección de errores BOCM de 30 de diciembre de 2014.

[2] .-  La Orden 38932/2008, de 31 de julio, ha sido derogada por Orden 2579/2016, de 17 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid.