Decreto 7/2014, de 30 de enero, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece el currículo y la organización de las enseñanzas
elementales de música en la Comunidad de Madrid. ()
La Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de
diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, dedica el capítulo VI del
título I a las enseñanzas artísticas, entre las que se encuentran las
enseñanzas elementales de música, estableciendo, en el artículo 48, que tendrán
la organización que las Administraciones educativas determinen. Por tanto, es
competencia de la Comunidad de Madrid regular estas enseñanzas para los centros
que las imparten en su ámbito territorial.
De acuerdo con lo
establecido en la citada Ley, el presente Decreto tiene por objeto regular la
ordenación y el currículo correspondientes al plan de estudios común de las
enseñanzas elementales de música en la Comunidad de Madrid. Al mismo tiempo se
establece el marco para que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 120
de la Ley Orgánica de Educación, los centros puedan diseñar sus proyectos
propios en la organización de las enseñanzas y los currículos.
En su conjunto las
enseñanzas elementales de música vertebran el currículo en torno a una
especialidad instrumental. El peso específico que se otorga al conocimiento del
lenguaje musical y la práctica vocal contribuye al necesario equilibrio entre
el conocimiento teórico y el desarrollo de las destrezas necesarias para la
práctica musical tanto individual como en grupo. Se asegura así una formación
musical que proporciona el nivel de expresión artística necesario para la
continuidad en estudios musicales más avanzados.
En el proceso de
elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la
Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29
de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificada
por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre.
En virtud de todo lo anterior, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta
de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, de acuerdo con el Consejo
Consultivo de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno, en su reunión del día 30 de enero de 2014,
DISPONE
Artículo 1.-
Objeto de la norma y ámbito de aplicación
1. El presente Decreto
tiene por objeto establecer la organización y el currículo del plan de estudios
común de las enseñanzas elementales de música en la Comunidad de Madrid, así
como disponer el marco para que los centros puedan establecer proyectos
propios, todo ello en virtud de lo establecido en los artículos 48 y 120 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Esta norma será de aplicación en los
centros públicos y privados de la Comunidad de Madrid que, debidamente
autorizados, impartan las enseñanzas elementales de música.
Artículo 2.-
Finalidad y organización
1. Las enseñanzas
elementales de música, según el artículo 45 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, forman parte de las enseñanzas artísticas que tienen como finalidad
proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la
cualificación de los futuros profesionales de la música.
2. Las enseñanzas
elementales de música forman, orientan y preparan al alumno para estudios
musicales posteriores.
3. Las enseñanzas elementales de música
comprenden cuatro cursos académicos, y se organizan en especialidades
instrumentales cuyo estudio vertebra el currículo.
Artículo 3.-
Objetivos y competencias o capacidades de las enseñanzas elementales de
música
Estas enseñanzas
contribuirán a desarrollar en los alumnos las capacidades que les permitan:
1. Apreciar la importancia
de la música como lenguaje artístico y medio de expresión cultural.
2. Desarrollar una
sensibilidad artística que contribuya a una adecuada interpretación musical.
3. Adquirir el dominio de
la técnica instrumental para la interpretación de un repertorio básico.
4. Expresarse musicalmente
con autocontrol en el ámbito escénico.
5. Interpretar música en
grupo habituándose a escuchar otras voces o instrumentos y a adaptarse
equilibradamente al conjunto.
6. Adquirir técnicas de
estudio que permitan la autonomía en el trabajo a través de la disciplina, la
autocrítica y la exigencia en la búsqueda de la calidad interpretativa.
7. Valorar el silencio como elemento
indispensable para el desarrollo de la concentración, la audición interna y el
pensamiento musical.
Artículo 4.-
Especialidades de las enseñanzas elementales de música
1. Las especialidades de
las enseñanzas elementales de música reguladas en el presente Decreto son:
a) Acordeón.
b) Arpa.
c) Clarinete.
d) Clave.
e) Contrabajo.
f) Fagot.
g) Flauta travesera.
h) Flauta de Pico.
i) Guitarra.
j) Guitarra flamenca.
k) Instrumentos de Púa.
l) Instrumentos de Cuerda
Pulsada.
m) Oboe.
n) Percusión.
o) Piano.
p) Saxofón.
q) Trompa.
r) Trompeta.
s) Trombón.
t) Tuba.
u) Viola.
v) Viola da Gamba.
w) Violín.
x) Violoncello.
2. La Consejería con competencias en
materia de educación determinará qué especialidades se impartirán en los
centros atendiendo a la petición de los mismos, a la plantilla de profesores, a
la disponibilidad de espacios y a la organización general de los estudios de
las enseñanzas elementales de música en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Artículo 5.- Currículo
1. A los efectos de lo
dispuesto en este Decreto, se entiende por currículo de las enseñanzas
elementales de música el conjunto de objetivos, competencias o capacidades,
contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de estas enseñanzas.
2. Las asignaturas comunes
que integran las enseñanzas elementales de música con carácter obligatorio para
todos los centros y especialidades son las siguientes:
a) Instrumento.
b) Lenguaje Musical.
c) Coro.
En las enseñanzas
elementales de música de todas las especialidades, excepto Percusión, la
enseñanza instrumental incluirá una clase individual y una colectiva, con una
hora de duración para cada una de ellas. Las clases de Percusión serán siempre
colectivas, con una relación numérica, profesor/alumno no superior a 1:5 y una duración semanal de dos horas.
3. En el Anexo I.a) se
recoge la distribución de las asignaturas por curso y su carga lectiva,
aplicable a todas las especialidades, excepto Percusión, correspondiente al
plan de estudios común. En las distintas especialidades, la clase individual de
instrumento podrá ser distribuida en sesiones de treinta minutos para los
alumnos de primer y de segundo curso. En el Anexo 1.b) se recoge la
distribución de las asignaturas por curso y su carga lectiva aplicable a la
especialidad de Percusión correspondiente al plan de estudios común.
4. En el Anexo II se recoge
el currículo de las distintas asignaturas integrantes del plan de estudios
común.
5. En el Anexo III se
recoge la relación numérica profesor-alumno para cada asignatura del plan de
estudios común de estas enseñanzas.
6. Los centros impartirán las enseñanzas
de acuerdo al currículo que se establece en el presente Decreto para cada
especialidad y lo desarrollarán mediante las correspondientes programaciones
didácticas.
Artículo 6.- Proyecto propio del centro
1. En aplicación del
principio de autonomía pedagógica consagrado por la Ley Orgánica de Educación
en su artículo 120, los centros podrán elaborar proyectos propios, modificando
el plan de estudios común establecido en el presente Decreto, tanto en lo que
respecta a los currículos y cargas lectivas como a la inclusión de nuevas
asignaturas.
2. La Consejería con
competencias en materia de educación deberá autorizar los proyectos propios de
los centros y para ello establecerá el procedimiento de solicitud y las condiciones
de autorización.
3. En cualquier caso los
proyectos propios deberán garantizar el cumplimiento de las cargas lectivas y
los contenidos curriculares mínimos establecidos por la Comunidad de Madrid en
el Anexo IV del presente Decreto.
4. La implantación de un proyecto propio
en ningún caso podrá suponer la imposición de aportaciones a las familias ni
exigencias para la Administración educativa.
Artículo 7.- Acceso a las enseñanzas elementales de
música
1. Aspectos generales:
a) Para acceder a las enseñanzas elementales de música será
necesario superar una prueba de acceso. Dicha prueba, que será regulada por la
Consejería con competencias en materia de educación, se calificará entre 0 y 10
con un máximo de un decimal, siendo precisa la calificación de 5 o superior
para el aprobado.
b) Para la realización de la prueba se constituirá en cada centro,
al menos, un tribunal por especialidad y uno o varios para evaluar las
aptitudes musicales generales. Estos tribunales estarán compuestos por un mínimo
de tres profesores designados por el director del centro, de los que uno
pertenecerá a la especialidad de Lenguaje Musical.
c) Cada tribunal dejará constancia de los resultados obtenidos en
la prueba de acceso por los candidatos, mediante la cumplimentación del acta
correspondiente, que incluirá la relación de los aspirantes ordenados de mayor
a menor puntuación.
d) La superación de la prueba de acceso faculta exclusivamente
para matricularse en el curso académico en que haya sido convocada en centros
de la Comunidad de Madrid.
e) La prueba de acceso a cualquiera que sea el curso tendrá
carácter de prueba única y solo podrá realizarse en un centro.
2. Acceso a primer curso:
a) La edad mínima para realizar la prueba de acceso a primer curso
de estas enseñanzas será de ocho años cumplidos antes de la finalización del
año natural del inicio del curso académico, sin perjuicio de aquellos casos en
que, con carácter excepcional, pueda autorizarse la realización de la prueba
con una edad inferior. La Consejería con competencias en materia de educación
establecerá el procedimiento y las causas para obtener dicha autorización.
b) La prueba valorará, fundamentalmente, las aptitudes musicales
generales, la capacidad auditiva y vocal y la aptitud melódica. No se podrán
exigir a los aspirantes conocimientos previos, ni musicales ni instrumentales.
3. Acceso a otros cursos:
a) Podrá accederse a cualquier otro curso de las enseñanzas
elementales de música, sin haber cursado los anteriores, siempre que, a través
de una prueba de acceso, los aspirantes demuestren poseer los conocimientos
necesarios, tanto teóricos como prácticos, para cursar con aprovechamiento las
enseñanzas correspondientes. En este caso, uno de los ejercicios de la prueba
deberá consistir en un ejercicio de interpretación en el instrumento de la
especialidad a la que se opte.
b) La superación de una prueba de acceso a
un curso distinto del primero comporta la consideración de superadas todas las
asignaturas de los cursos anteriores al que se accede. Para cada una de ellas,
en los documentos de evaluación del alumno, se utilizará la expresión "validada por prueba de acceso"
en el espacio correspondiente a la calificación.
Artículo 8.- Admisión en centros públicos
La Consejería con competencias en materia
de educación regulará el proceso de admisión y matriculación de los alumnos en
los conservatorios y los centros integrados de música de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, a partir
de la puntuación obtenida en la prueba de acceso y teniendo en cuenta la edad
idónea y el número de plazas disponibles. Asimismo, regulará los supuestos de
renuncia o anulación de matrícula y sus efectos en cuanto a la permanencia.
[Por Orden
280/2018, de 2 de febrero, de la Consejería de Educación e Investigación,
se regula el proceso de admisión de alumnos en centros públicos para cursar
enseñanzas artísticas elementales y profesionales de danza y de música en la
Comunidad de Madrid]
Artículo 9.- Matrícula en más de un curso y
simultaneidad de especialidades
1. El director de un centro
podrá autorizar, con carácter excepcional, la matriculación en el curso
inmediatamente superior a aquellos alumnos que, previa orientación del tutor e
informe favorable del equipo de profesores, tengan los suficientes
conocimientos y madurez interpretativa para abordar las enseñanzas del curso
superior.
2. La solicitud de
ampliación de matrícula se hará con anterioridad al mes de enero de cada curso
escolar.
3. Los alumnos que se hayan
matriculado en más de un curso asistirán solamente a las clases de Instrumento
del curso más elevado. Sin embargo, el alumno asistirá a las clases de las
demás asignaturas de los dos cursos.
4. La consignación de la
ampliación de matrícula se realizará en los documentos de evaluación que
correspondan conforme a las normas que se dicten a tal efecto.
5. Los alumnos de estas enseñanzas que,
habiendo superado la correspondiente prueba de acceso, simultaneen estudios de
otra especialidad, deberán cursar ambas en el mismo centro.
Artículo 10.- Evaluación y calificaciones
1. La evaluación de las
enseñanzas elementales de música se realizará teniendo en cuenta los objetivos
generales, así como los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de cada
una de las asignaturas del currículo.
2. La evaluación del
aprendizaje de los alumnos se realizará de forma continua y diferenciada según
las distintas asignaturas del currículo.
3. La evaluación será
realizada por el equipo de profesores coordinados por el profesor-tutor, en
sesiones que tendrán lugar, al menos, una vez por trimestre.
4. Los resultados de la
evaluación de las distintas asignaturas que componen el currículo se consignarán
en los documentos de evaluación, conforme a las normas que dicte la Consejería
con competencias en materia de educación, mediante las correspondientes
calificaciones. Las calificaciones se expresarán utilizando la escala numérica
de 0 a 10 sin decimales, considerándose positivas las iguales o superiores a 5
y negativas las inferiores a 5.
5. La Consejería con competencias en
materia de educación regulará la concesión de Matrícula de Honor en cada una de
las asignaturas del currículo de estas enseñanzas, así como, en su caso, el
Premio de Enseñanzas Elementales de Música.
Artículo 11.- Promoción
1. Los alumnos
promocionarán de curso cuando hayan superado las asignaturas cursadas o tengan
evaluación negativa en una asignatura, siempre que esta no sea Instrumento, en
cuyo caso deberán repetir curso.
2. Cuando se tengan
pendientes dos o más asignaturas se deberá repetir curso en su integridad,
excepto en cuarto curso, en el que se repetirán únicamente las asignaturas
pendientes.
3. Los alumnos que
promocionen con una asignatura con calificación negativa deberán matricularse
de la misma en el curso siguiente. La recuperación de la asignatura suspensa
deberá realizarse en la clase del curso al que promociona si dicha materia
forma parte del mismo y en caso contrario deberá asistir a las clases del curso
del que procede.
4. Cuando por haber suspendido una única
asignatura se promocione al curso siguiente y, al término del mismo, vuelva a
suspenderse la asignatura pendiente, se deberá repetir curso en su integridad
junto con dicha asignatura, aun cuando se hubieran aprobado las restantes
asignaturas del curso.
Artículo 12.- Permanencia
1. En estas enseñanzas el
alumno solo podrá repetir una vez.
2. Con carácter excepcional se podrá
ampliar en un año la permanencia en supuestos de enfermedad que impida el
normal desarrollo de los estudios u otras circunstancias relevantes que
merezcan igual consideración. La Consejería con competencias en materia de
educación regulará el procedimiento para la solicitud y autorización de la
ampliación de la permanencia.
Artículo 13.- Documentos de evaluación
1. Son documentos oficiales
de evaluación de las enseñanzas elementales de música el expediente académico
personal, las actas de evaluación, la certificación académica personal y los
informes de evaluación individualizados para traslado.
2. Los documentos de
evaluación llevarán las firmas fehacientes de las personas que correspondan en
cada caso, con indicación del puesto desempeñado. Debajo de las mismas constará
el nombre y los apellidos del firmante.
3. La Consejería con
competencias en materia de educación elaborará los documentos de evaluación que
habrán de reflejar la evaluación del aprendizaje de los alumnos, así como el
procedimiento de cumplimentación y custodia de los citados documentos.
4. Tanto en el expediente académico como
en la certificación académica personal y en el informe de evaluación
individualizado por traslado se hará constar, en su caso, que los estudios se
han cursado con el proyecto propio del centro.
Artículo 14.- Cambio de centro
Los alumnos que deseen proseguir las
enseñanzas elementales de música en otro centro podrán ser admitidos si hubiera
plazas vacantes en la especialidad y curso solicitado, en las condiciones y
mediante el procedimiento que determine la Consejería con competencias en
materia de educación.
Artículo 15.- Título de las enseñanzas elementales
de música
1. Una vez superada la
totalidad de las asignaturas que comprende el plan de estudios común de estas enseñanzas,
o el que conforme el correspondiente al proyecto propio del centro, siempre que
el número de horas totales cursadas no sea inferior a 570, el alumno obtendrá
el Título de Enseñanzas Elementales de Música, propio de la Comunidad de
Madrid.
2. La Consejería con competencias en
materia de educación regulará el procedimiento para la solicitud del citado
título, en el que se indicará la especialidad cursada, así como la nota media
final obtenida por el alumno. El título podrá contener información sobre el
plan de estudios cursado.
Artículo 16 - Centros privados autorizados
Los centros privados que deseen impartir
las enseñanzas elementales de música deberán ser autorizados con carácter
previo por la Consejería competente.
Artículo 17.- Tutoría y orientación
1. La tutoría y la
orientación académica forman parte de la función docente y se desarrollarán a
lo largo de las enseñanzas elementales de música para orientar el aprendizaje
de los alumnos.
2. El profesor-tutor tendrá
la responsabilidad de coordinar, tanto la evaluación como los procesos de
enseñanza y de aprendizaje y realizará la función de orientación académica de
los alumnos.
3. El profesor-tutor del alumno
desempeñará, además, las funciones que determine la Consejería con competencias
en materia de educación.
Disposición Adicional Primera.- Implantación de las Enseñanzas Elementales
de Música
Las enseñanzas reguladas en el presente
Decreto se implantarán en el curso 2014-2015 de forma progresiva, curso a
curso, dejándose de impartir de igual modo las enseñanzas establecidas por la
Orden de 28 de agosto de 1992 por la que se establece el currículo de los
grados elemental y medio de Música y se regula el acceso a dichos grados.
Disposición Adicional Segunda.- Alumnos con necesidad específica de apoyo
educativo
La Consejería con competencias en materia
de educación adoptará las medidas oportunas para la adaptación del currículo a
las necesidades de los alumnos que precisen apoyo educativo. En todo caso,
dichas adaptaciones deberán respetar los objetivos y contenidos fijados en el
presente Decreto.
Disposición Adicional Tercera.- Horario de los centros integrados
Los Centros Integrados de Enseñanzas
Artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria
y de Bachillerato cuando impartan las enseñanzas elementales de música de forma
integrada lo harán según el horario establecido en la Orden 3893/2008, de 31
de julio (), por la que se regulan las enseñanzas y
la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de Enseñanzas
Artísticas de Música y de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la
Comunidad de Madrid.
Disposición Transitoria Única.- Adaptación al nuevo currículo
1. Los alumnos que hayan
iniciado sus estudios según la Orden de 28 de agosto de 1992 por la que se
establece el currículo de los grados elemental y medio de Música y se regula el
acceso a dichos grados, y deban repetir curso lo harán conforme al plan de
estudios vigente en el curso que deben repetir.
2. Cuando un alumno tenga calificación
negativa en una asignatura del curso que esté realizando de las enseñanzas
establecidas en la Orden de 28 de agosto de 1992 por la que se establece el
currículo de los grados elemental y medio de Música y se regula el acceso a dichos
grados, y promocione al curso siguiente, durante el período de extinción, la
Consejería con competencias en materia de educación determinará las condiciones
para la superación de la asignatura pendiente.
Disposición Derogatoria Única.- Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas normas, de igual
o inferior rango, se opongan a lo establecido en el presente Decreto.
Disposición Final Primera.- Habilitación de desarrollo
Se autoriza al titular de la Consejería
con competencias en materia de educación para dictar las disposiciones que sean
precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este Decreto.
[Por Orden
274/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación, la prueba de
acceso, la evaluación y el proyecto propio del centro en las enseñanzas
elementales de Música]
Disposición Final Segunda.- Entrada en vigor
El presente Decreto entrará
en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
ANEXO I
DISTRIBUCIÓN DE ASIGNATURAS POR CURSOS Y SUS
CORRESPONDIENTES CARGAS LECTIVAS SEMANALES DEL PLAN DE ESTUDIOS COMÚN
(Véase en versión pdf)
ANEXO II
CURRÍCULO DE LAS DISTINTAS ASIGNATURAS QUE
INTEGRAN EL PLAN DE ESTUDIOS COMÚN DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA DE
LA COMUNIDAD DE MADRID
Métodos pedagógicos
La necesidad de adaptación
física de la propia constitución corporal a las peculiaridades de los distintos
instrumentos hace que los estudios musicales deban ser iniciados a edades
tempranas. La larga trayectoria formativa consecuente a la dificultad de estos
estudios obliga a una forzosa simultaneidad de los mismos con los correspondientes
a la enseñanza obligatoria y Bachillerato; ello hace aconsejable que los
procesos educativos de ambos tipos de enseñanza sigan los mismos principios de
actividad constructiva como factor decisivo en la realización del aprendizaje,
que, en último término, es construido por el propio alumno, modificando y
reelaborando sus esquemas de conocimiento.
En un currículo abierto,
los métodos de enseñanza son en amplia medida responsabilidad del profesor, y
no deben ser completamente desarrollados por la autoridad educativa. Únicamente
en la medida en que ciertos principios pedagógicos son esenciales a la noción y
contenidos del currículo que se establece, está justificado señalarlos. Por
ello, con la finalidad de regular la práctica docente de los profesores y para
desarrollar el currículo establecido en la presente Orden, se señalan los
siguientes principios metodológicos de carácter general, principios que son
válidos para todas las especialidades instrumentales y asignaturas que se
regulan en la presente norma.
La interpretación musical,
meta de las enseñanzas instrumentales, es, por definición, un hecho diverso,
profundamente subjetivo, en cuyo resultado sonoro final se funden en unidad
indisoluble el mensaje del creador contenido en la obra y la personal manera de
transmitirlo del intérprete, que hace suyo ese mensaje modulándolo a través de
su propia sensibilidad. Como en toda tarea educativa, es el desarrollo de la
personalidad y la sensibilidad propias del alumno el fin último que se persigue
aquí, de manera tanto más acusada cuanto que la música es, ante todo, vehículo
de expresión de emociones y no de comunicación conceptual, en el que lo
subjetivo ocupa, por consiguiente, un lugar primordial.
A lo largo de un proceso de
aprendizaje de esta índole, el profesor ha de ser más que nunca un guía, un
consejero, que a la vez que da soluciones concretas a problemas o dificultades
igualmente concretos, debe, en todo aquello que tenga un carácter más general,
esforzarse en dar opciones y no en imponer criterios, en orientar y no en
conducir como de la mano hacia unos resultados predeterminados, y en estimular
y ensanchar la receptividad y la capacidad de respuesta del alumno ante el
hecho artístico. En la construcción de su nunca definitiva personalidad artística,
el alumno es protagonista principal, por no decir único, el profesor no hace
sino una labor de "arte mayéutica".
Una programación abierta,
nada rígida, se hace imprescindible en materias como esta; los Centros, y
dentro de ellos los profesores, deben establecer programaciones lo bastante
flexibles como para que, atendiendo al incremento progresivo de la capacidad de
ejecución (al "incremento"
de la "técnica"), sea
posible adaptarlas a las características y a las necesidades de cada alumno
individual, tratando de desarrollar sus posibilidades tanto como de suplir sus
carencias.
En lo que a la técnica se
refiere es necesario concebirla (y hacerla concebir al alumno), en un sentido
profundo, como una verdadera "técnica de la interpretación", que rebasa con mucho el concepto de la pura mecánica de
la ejecución (que, sin embargo, es parte integrante de ella); de hecho, la
técnica, en su sentido más amplio, es la realización misma de la obra artística
y, por tanto, se fusiona, se integra en ella y es, simultáneamente, medio y
fin.
El proceso de enseñanza ha
de estar presidido por la necesidad de garantizar la funcionalidad de los
aprendizajes, asegurando que puedan ser utilizados en las circunstancias reales
en que el alumno los necesite. Por aprendizaje funcional se entiende no solo la
posible aplicación práctica del conocimiento adquirido, sino también y sobre
todo, el hecho de que los contenidos sean necesarios y útiles para llevar a
cabo otros aprendizajes y para enfrentarse con éxito a la adquisición de otros
contenidos. Por otra parte, estos deben presentarse con una estructuración
clara de sus relaciones, planteando, siempre que se considere pertinente, la
interrelación entre distintos contenidos de una misma área y entre contenidos
de distintas asignaturas.
El marcado carácter teórico
de gran parte de los aspectos básicos de la cadena formada por las disciplinas
de Lenguaje Musical, ha favorecido una enseñanza de las mismas en la que
tradicionalmente su aspecto práctico se ha visto relegado de forma considerable.
Los criterios de evaluación contenidos en el presente Decreto desarrollan una
serie de aspectos educativos de cuya valoración debe servirse el profesor para
orientar al alumno hacia aquellos cuya carencia o deficiencia lo haga
necesario, estableciéndose a través de los mismos una forma de aprendizaje en
que el aspecto más esencialmente práctico de la música, el contacto directo con
la materia sonora, debe desarrollarse a la par que la reflexión teórica que el
mismo debe conllevar en este tipo de estudios.
En cuanto a las enseñanzas,
la audición de ejemplos, la lectura al teclado de los propios ejercicios, la
repentización de esquemas armónicos en los que se empleen los distintos
elementos y procedimientos estudiados y todos aquellos principios metodológicos
en los que esté presente el contacto directo con la materia sonora deberán
considerarse indispensables en la planificación de estas enseñanzas, como
lógico complemento de la realización escrita, paso previo a la plena
interiorización de dichos elementos y procedimientos.
Por otro lado, la compleja
normativa por la que la composición musical se ha regido durante las diferentes
épocas y estilos que serán objeto de estudio durante esta etapa, y que
constituye la base de las distintas técnicas compositivas rigurosas que
configuran tradicionalmente estos estudios, deberá ser enfocada según criterios
que conduzcan tanto a la soltura en su utilización como a una correcta
valoración de la misma, que permita al alumno juzgar con la perspectiva necesaria
su uso en la música perteneciente a los distintos períodos históricos, para lo
que serán de gran utilidad tanto el análisis como el estudio estilístico
práctico, y no le supongan el lastre que un exceso de rigor en su completo
dominio solía conllevar. Para la consecución de esto último será imprescindible
que el desarrollo de la propia personalidad creativa del alumno, cuya
aplicación es ya deseable desde el inicio de los estudios musicales, no solo no
se vea pospuesto por el estudio de las técnicas tradicionales, sino potenciado
por medio de la composición de obras libres de forma paralela a la composición
rigurosa tradicional.
Los proyectos y
programaciones de los profesores deberán poner de relieve el alcance y
significación que tiene cada una de las especialidades instrumentales y
asignaturas en el ámbito profesional, estableciendo una mayor vinculación del
centro con el mundo del trabajo y considerando este como objeto de enseñanza y
aprendizaje, y como recurso pedagógico de primer orden.
El carácter abierto y
flexible de la propuesta curricular confiere gran importancia al trabajo
conjunto del equipo docente. Las programaciones didácticas son un instrumento
ligado al ámbito de reflexión sobre la práctica docente que permite al equipo
de profesores adecuar el currículo al contexto educativo particular del Centro.
La información que
suministra la evaluación debe servir como punto de referencia para la actuación
pedagógica. Por ello, la evaluación es un proceso que debe llevarse a cabo de
forma continua y personalizada, en la medida en que se refiere al alumno en su
desarrollo peculiar, aportándole información sobre lo que realmente ha
progresado respecto de sus posibilidades, sin comparaciones con supuestas
normas preestablecidas de rendimiento.
Los procesos de evaluación
tienen por objeto tanto los aprendizajes de los alumnos como los procesos
mismos de enseñanza. Los datos suministrados por la evaluación sirven para que
el equipo de profesores disponga de información relevante con el fin de analizar
críticamente su propia intervención educativa y tomar decisiones al respecto.
Para ello, la información suministrada por la evaluación continua de los
alumnos debe relacionarse con las intenciones que se pretenden y con el plan de
acción para llevarlas a cabo. Se evalúa, por tanto, la programación del proceso
de enseñanza y la intervención del profesor como organizador de estos procesos.
Es preciso concretar dentro
de las programaciones didácticas las formas, instrumentos y situaciones más
adecuadas para realizar este tipo de evaluación. En él, los equipos docentes,
además de contextualizar los objetivos generales y criterios de evaluación de
grado deberán especificar los objetivos y criterios de evaluación para cada uno
de los cursos o ciclos, incluyendo en estos otros los aprendizajes relacionados
con las correspondientes programaciones didácticas.
Es necesario que el alumno
participe en el proceso a través de la autoevaluación y la coevaluación, en una
etapa en la que se pretende impulsar la autonomía del alumnado y su implicación
responsable, y en la que la elaboración de juicios y criterios personales sobre
distintos aspectos es una intención educativa preferente.
ASIGNATURAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES
DE MÚSICA
Coro
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de coro en las
enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar
en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Proyectar una emisión
natural de la voz que evite todo tipo de tensiones (corporales, psíquicas y
sociales).
2. Conocer la
disponibilidad de la voz como vehículo de expresión musical y de disfrute
inmediato sin exigencias técnicas previas.
3. Demostrar una
sensibilidad auditiva capaz de percibir y ejecutar el canto con una afinación
correcta.
4. Actuar con la capacidad
auditiva y la concentración necesaria para escuchar otras voces y cantar, al
mismo tiempo, la parte correspondiente dentro de un concepto interpretativo
común.
5. Ser consciente de la
importancia que tienen las normas y reglas que rigen la actividad musical de
conjunto y aceptar la responsabilidad que, como miembro de un grupo, se contrae
con la música y con los compañeros.
6. Conocer, a través del
trabajo de grupo, los elementos básicos de la interpretación artística (fraseo,
articulación, dinámica, agógica) y saber interrelacionar dicha experiencia con
el estudio individual propio.
7. Conocer los gestos
básicos de la dirección y adquirir la capacidad de interpretar la música de
acuerdo con ellos.
8. Relacionar los conocimientos
de música con los adquiridos a través del canto coral y conocer un repertorio
específico que enriquezca su bagaje musical.
Contenidos
1. Realización de trabajos
con la métrica de las palabras.
2. Realización de
ejercicios de relajación, respiración y técnica vocal.
3. Afinación y empaste.
Articulación y fraseo.
4. Canciones a una sola
voz, a dos y tres voces iguales: Introducción a la polifonía vocal.
Improvisación vocal en grupo.
5. Formas y composiciones
polifónicas no convencionales (texturas, atmósferas, efectos, etcétera).
Criterios de evaluación
1. Reproducir cualquiera de
las obras programadas durante el curso en conjunto de tres o más miembros por
cuerda.
Este criterio trata de
evaluar la capacidad para adecuar todos los elementos de la interpretación a la
eficacia del conjunto y la actitud de colaboración.
2. Repentizar obras
homofónicas de poca o mediana dificultad y de claros contornos tonales.
Con este criterio se
pretende evaluar la capacidad de relacionar la afinación con el sentido tonal y
el instinto para integrarse en el conjunto.
3. Preparar una obra en
grupo, sin la dirección del profesor.
Este criterio trata de
valorar la capacidad para aplicar los conocimientos de los distintos elementos
que intervienen en la interpretación de manera adecuada con el estilo elegido.
4. Estudiar en casa las
obras correspondientes al repertorio programado.
Mediante este criterio se
pretende evaluar el sentido de la responsabilidad con el grupo y con la música.
5. Entonar intervalos y
acordes a partir de la nota "La" del
diapasón, ampliando progresivamente la dificultad.
Con este criterio se trata
de evaluar la capacidad para que cada miembro del coro piense en un tiempo
mínimo el sonido que le corresponde y lo reproduzca de forma afinada. Asimismo
se constata el grado de interiorización de las distintas relaciones
interválicas.
Lenguaje Musical
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Lenguaje
Musical en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir
a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Compartir vivencias
musicales con los compañeros del grupo, que le permitan al alumno enriquecer su
relación afectiva con la música a través del canto, del movimiento, de la
audición y de instrumentos.
2. Utilizar una correcta
emisión de la voz para la reproducción interválica y melódica general, hasta
considerarlas como un lenguaje propio, tomando el canto como actividad
fundamental.
3. Demostrar la
coordinación motriz necesaria para la correcta interpretación del ritmo,
utilizando las destrezas de asociación y disociación correspondientes.
4. Utilizar el "oído interno" para
relacionar la audición con su representación gráfica, así como para reconocer
timbres, estructuras formales, indicaciones dinámicas, expresivas, temporales,
etcétera.
5. Interpretar de memoria
melodías y canciones que conduzcan a una mejor comprensión de los distintos
parámetros musicales.
6. Relacionar los
conocimientos prácticos de lectura y escritura con el repertorio propio del
instrumento.
7. Realizar experiencias
armónicas, formales, tímbricas, etcétera, que están en la base del pensamiento
musical consciente, partiendo de la práctica auditiva vocal e instrumental.
Contenidos
1. Ritmo:
Percepción, identificación e
interiorización del pulso. Percepción e identificación del acento.
Unidades métricas:
Reconocimiento de compases binarios, ternarios y cuaternarios.
Figuras rítmicas. Fórmulas
rítmicas básicas. Simultaneidad de ritmos.
2. Tempo y agógica:
Práctica, identificación y
conocimiento de fórmulas rítmicas básicas originadas por el pulso binario o
ternario.
Práctica, identificación y
conocimiento de grupos de valoración especial contenidos en un pulso.
Práctica, identificación y
conocimiento de signos que modifican la duración (puntillos, ligaduras).
Práctica, identificación y
conocimiento de hechos rítmicos característicos: Síncopa, anacrusa, etcétera.
Práctica e identificación
de cambios de compás con interpretación de equivalencias pulso = pulso o figura
= figura.
3. Entonación, audición y
expresión:
Conocimiento de la voz y su
funcionamiento. Respiración, emisión, articulación, etcétera.
La altura: Tono,
intensidad, color, duración, afinación determinada e indeterminada, etcétera.
Sensibilización y práctica
auditiva y vocal de los movimientos melódicos.
Reproducción memorizada
vocal o escrita de fragmentos melódicos o canciones.
Práctica de lectura de
notas unido a la emisión vocal del sonido que les corresponde. Claves de Sol en
segunda y Fa en cuarta.
Reconocimiento auditivo o
reproducción vocal de intervalos melódicos simples, mayores, menores y justos,
dentro y fuera del concepto tonal.
Reconocimiento auditivo de
intervalos armónicos simples, mayores, menores y justos.
Interpretación vocal de
obras adecuadas al nivel con o sin texto, con o sin acompañamiento.
Práctica de lectura de
notas escritas horizontal o verticalmente en claves de Sol en segunda y Fa en
cuarta y, en su caso, las claves propias del instrumento trabajado por el
alumno.
Sensibilización y
conocimiento de grados y funciones tonales, escalas, alteraciones.
Sensibilización,
identificación y reconocimiento de elementos básicos armónicos y formales,
tonalidad, modalidad, cadencias, modulaciones, frases, ordenaciones formales:
Repeticiones, imitaciones, variaciones, contraste, sobre obras adaptadas al
nivel.
Reproducción de dictados
rítmicos, melódicos y rítmico-melódicos a una voz.
Identificación de errores o
diferencias entre un fragmento escrito y lo escuchado.
Identificación,
conocimiento e interpretación de los términos y signos que afectan a la
expresión.
Utilización improvisada de
los elementos del lenguaje con o sin propuesta previa.
Criterios de evaluación
1. Imitar estructuras
melódicas y rítmicas breves con la voz y con la percusión.
Este criterio de evaluación
pretende comprobar el grado de memoria y la capacidad de reproducir con
fidelidad el mensaje recibido, tanto en sus aspectos sonoros como en su
realización motriz.
2. Reconocer auditivamente
el pulso de una obra o fragmento, así como el acento periódico.
Con este criterio de
evaluación se trata de constatar la percepción del pulso como referencia básica
para la ejecución rítmica, así como la identificación del acento periódico base
del compás.
3. Mantener el pulso
durante períodos breves de silencio.
Tiene por objetivo lograr
una correcta interiorización del pulso que le permita una adecuada ejecución
individual o colectiva.
4. Ejecutar instrumental,
vocalmente o bien en forma percutida, estructuras rítmicas de una obra o
fragmento.
Con este criterio de
evaluación se pretende constatar la capacidad de encadenar diversas fórmulas
rítmicas adecuadas a este nivel con toda precisión y dentro de un tempo
establecido.
5. Aplicar un texto a un
ritmo sencillo o viceversa.
Se trata de evaluar con
este criterio la capacidad del alumno para asociar ritmos con palabras o frases
de igual acentuación.
6. Identificar
auditivamente e interpretar cambios sencillos de compás.
Se intenta verificar la
capacidad de percepción auditiva y de realización práctica de cambios de compás
de unidad igual o diferente. En este caso solamente: 1) negra = negra, 2) negra
= negra con puntillo, 3) negra = blanca, 4) corchea = corchea, y viceversa en
los casos 2) y 3).
7. Entonar una melodía o
canción tonal con o sin acompañamiento.
Tiene por objeto comprobar
la capacidad del alumno para aplicar sus técnicas de entonación y justeza de
afinación a un fragmento tonal aplicando indicaciones expresivas presentes en
la partitura. De producirse acompañamiento instrumental este no reproducirá la
melodía.
8. Leer internamente, en un
tiempo dado y sin verificar la entonación, un texto musical y reproducirlo de
memoria.
Este criterio trata de
comprobar la capacidad del alumno para imaginar, reproducir y memorizar
imágenes sonoras de carácter melódico-rítmico a partir de la observación de la
partitura.
9. Identificar y entonar
intervalos armónicos o melódicos mayores, menores o justos en un registro
medio.
Este criterio permite
detectar el dominio del intervalo por parte del alumno, bien identificando el
intervalo armónico o melódico, bien entonando este último.
10. Identificar
auditivamente el modo (mayor-menor) de una obra o fragmento.
Se pretende constatar la
capacidad del alumno para reconocer este fundamental aspecto del lenguaje,
proporcionándole elementos para su audición inteligente.
11. Reproducir modelos
melódicos sencillos, escalas o acordes a partir de diferentes alturas.
Se trata de comprobar la
destreza del alumno para reproducir un mismo hecho melódico desde cualquier
sonido, manteniendo correctamente la interválica del modelo, y entendiendo la
tonalidad como un hecho constante.
12. Improvisar estructuras
rítmicas sobre un fragmento escuchado.
Con este criterio de
evaluación se pretende estimular la capacidad creativa del alumno aplicando
libremente fórmulas rítmicas conocidas o no, acordándolas con el pulso y el
compás del fragmento escuchado.
13. Improvisar melodías
tonales breves.
Este criterio pretende
comprobar la asimilación por parte del alumno de los conceptos tonales básicos.
14. Reproducir por escrito
fragmentos musicales escuchados.
Mediante este criterio se
evalúa la capacidad del alumno para interiorizar y reproducir imágenes sonoras
percibidas. Según el nivel de dificultad propuesto esta reproducción puede
circunscribirse a aspectos rítmicos o melódicos-tonales, o bien a ambos
conjuntamente.
15. Describir con
posterioridad a una audición los rasgos característicos de las obras escuchadas
o interpretadas.
Mediante este criterio de
evaluación se pretende comprobar la capacidad del alumno para percibir aspectos
distintos: Rítmicos, melódicos, modales, cadenciales, formales, tímbricos,
etcétera, seleccionando previamente los aspectos que deban ser identificados o bien
dejando libremente que identifiquen los aspectos que les resulten más notorios.
16. Improvisar individual o
colectivamente pequeñas formas musicales partiendo de premisas relativas a
diferentes aspectos del lenguaje musical.
Este criterio de evaluación
pretende comprobar el desarrollo creativo y la capacidad de seleccionar
elementos de acuerdo con una idea y estructurados en una forma musical.
Asimismo se pretende que sean capaces de discernir ideas principales y
secundarias.
INSTRUMENTOS
Acordeón
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Acordeón en
las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a
desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una posición
adecuada para la correcta colocación del instrumento que permita el control de
los elementos anatómico-funcionales que intervienen en la relación del conjunto
"cuerpo-instrumento".
2. Coordinar cada uno de
los diferentes elementos articulatorios que intervienen en la práctica del
instrumento.
3. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas
dentro de las exigencias del nivel.
4. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras de diferentes estilos, de una dificultad
acorde con este nivel, como solista y como miembro de un grupo.
5. Controlar la producción
y calidad del sonido a través de la articulación digital y la articulación del
fuelle.
Contenidos
1. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Desarrollo paralelo de
ambas manos dentro de la modalidad de instrumento elegida (MI-MIII), "free bass", o MI-MIII/II, "convertor").
Estudio de los diversos
sistemas de escritura y grafías propias del instrumento.
Coordinación,
independencia, simultaneidad y sincronización de los diversos elementos
articulatorios: dedos, manos, antebrazo/fuelle, etcétera.
Independencia de manos y
dedos: dos voces o líneas en la misma mano, diferencia entre melodía y
acompañamiento, polirritmia.
Control del sonido: Ataque,
mantenimiento y cese del sonido; regularidad y gradación rítmica y dinámica;
simultaneidad e independencia de las partes en la interpretación de diversas
texturas, etcétera.
Estudio del fuelle:
Posibilidades y efectos, empleo de respiración y ataque, regularidad, dinámica,
acentos de antebrazo, brazo, etcétera.
Estudio de la registración:
Cambios de registros durante la interpretación, conocimiento aplicado de la
función de los registros para comprender la relación entre lo escrito y lo
escuchado, registración de obras, etcétera.
Interpretación de texturas
melódicas, al unísono (MI/III), polifónicas (MI/III), homofónicas (MI-MIII/II),
etcétera.
Aplicación práctica de los
conceptos de "posición fija" y "desplazamiento de la posición" sobre los diferentes manuales; digitación de pequeños
fragmentos en función de sus características musicales: tiempo, movimientos
melódicos, articulación, etcétera.
Aprendizaje de los diversos
modos de ataque y articulación digital (legato, staccato, etcétera),
articulación de fuelle (trémolo de fuelle, ricochet de fuelle, etcétera) y de
las combinaciones de ambas.
Utilización de la dinámica
y efectos diversos.
Práctica de la lectura a
vista.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de
estudio.
Iniciación a la comprensión
de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas,
períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una
interpretación consciente y no meramente intuitiva.
Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del
repertorio acordeonístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto
de la capacidad musical y técnica del alumno.
Arpa
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Arpa en las
enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a desarrollar
en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una correcta
posición corporal en consonancia con la configuración del instrumento.
2. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas
dentro de las exigencias del nivel.
3. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una
dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
1. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Iniciación al conocimiento
de las digitaciones en función de las conveniencias técnicas y expresivas.
Estudio de la tabla de
afinación y ejercicios prácticos con y sin aparatos auxiliares.
Práctica de posición fija.
Práctica de los pedales y de su aplicación a los procesos modulantes. Práctica
de intervalos armónicos, acordes, escalas y arpegios.
Desarrollo de la velocidad.
Iniciación a las técnicas de efecto y expresión: Legatos, sforzandos,
articulaciones, picados, picado-ligados, suelto (las tres últimas con toda la
variedad de técnicas de apagados).
Técnicas de flexibilidad y
balanceo de muñecas y brazos, respiración y relajación. Entrenamiento
permanente y progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos correctos y
eficaces de estudio.
Lectura a vista de obras o
fragmentos sencillos.
Iniciación a la comprensión
de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas,
períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una
interpretación consciente y no meramente intuitiva.
Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del
repertorio del Arpa que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la
capacidad musical y técnica del alumno.
Clave
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Clave en
las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a
desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una postura
adecuada del cuerpo que favorezca la actividad del conjunto
brazo-antebrazo-mano en el instrumento.
2. Conocer el mecanismo
interno del instrumento y saber utilizar sus posibilidades para obtener un
perfeccionamiento gradual de la calidad sonora.
3. Utilizar las
posibilidades expresivas y dinámicas de distintas combinaciones de teclados y
registros.
4. Interpretar un
repertorio básico que incluya obras representativas de diversas épocas y
estilos adecuados a este nivel.
Contenidos
1. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Aprendizaje de los diversos
modos de ataque y de articulación en relación con la frase y la textura
musical.
Estudio de las diferentes
digitaciones y su estrecha conexión con la articulación y el fraseo. Práctica
de ejercicios de independencia y fortalecimiento de los dedos. Trabajo en dos
teclados.
Conocimiento de los
distintos bajos ostinatos sobre los que han construido determinadas obras.
Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos.
Iniciación a la comprensión
de las estructuras musicales en sus distintos niveles -motivos, temas,
períodos, frases, secciones, etcétera para llegar a través de ello a una
interpretación consciente y no meramente intuitiva.
Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva de
ejercicios y obras del repertorio clavecinístico propio de este nivel, que se
consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica
del alumno.
Flauta de Pico
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Flauta de
Pico en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a
desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una posición
corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta
colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.
2. Controlar el aire
mediante la respiración diafragmática de forma que posibilite una correcta
emisión, afinación, articulación y flexibilidad del sonido.
3. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas,
dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como
de conjunto.
4. Utilizar los reflejos
necesarios para corregir de forma automática la afinación de las notas y la
calidad del sonido.
5. Comprender el sentido de
las distintas articulaciones como fundamento de la expresividad musical del
instrumento.
6. Interpretar un
repertorio básico que incluya obras representativas de diversas épocas y estilos
adecuados a este nivel.
7. Práctica de conjunto.
Contenidos
1. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Conocimiento de la
digitación propia de las distintas flautas y práctica de las mismas.
Práctica de las diferentes
articulaciones y ataques. Práctica de la improvisación. Práctica de la lectura
a vista.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos correctos y eficaces de
estudio.
Iniciación a la comprensión
de las estructuras musicales en sus distintos niveles -motivos, temas,
períodos, frases, secciones, etcétera para llegar a través de ello a una
interpretación consciente y no meramente intuitiva.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de los ejercicios, estudios y obras del
repertorio de Flauta de Pico que se consideren útiles para el desarrollo
conjunto de la capacidad musical y técnica del alumno. Interpretación del
repertorio propio del conjunto de flautas de una dificultad adecuada a este
nivel.
Guitarra
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Guitarra en
las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a
desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una posición
adecuada del cuerpo respecto al instrumento, que posibilite y favorezca la
acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-manos-dedos izquierdos sobre el
diapasón y derechos sobre las cuerdas.
2. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento para conseguir un
perfeccionamiento continuo de la calidad sonora y saber utilizarlo, dentro de
las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de
conjunto.
3. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una
dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
1. Percepción y desarrollo
de las funciones motrices que intervienen en la ejecución guitarrística y de su
adecuada coordinación.
Desarrollo de la habilidad
de cada mano y la sincronización de ambas.
Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como factor fundamental para la obtención de la calidad
sonora. Afinación de las cuerdas.
Desarrollo de la distancia
entre los dedos de la mano izquierda. Principios generales de la digitación
guitarrística y su desarrollo en función de expresar con la mayor claridad las
ideas y contenidos musicales.
Trabajo de la dinámica y la
agógica. Utilización de las posibilidades tímbricas del instrumento.
Conocimientos básicos de los distintos recursos de la guitarra.
Aprendizaje de las diversas
formas de ataque en la mano derecha para conseguir progresivamente una calidad
sonora adecuada y realizar distintos planos simultáneos. Iniciación a la
comprensión de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos,
temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a
una interpretación consciente y no meramente intuitiva.
Desarrollo de una
conducción clara de las voces en obras contrapuntísticas. Armónicos naturales.
Iniciación a la grafía contemporánea.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudios correctos.
Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
guitarrístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la
capacidad musical y técnica del alumno.
Guitarra flamenca
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Guitarra
flamenca en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo
contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar la posición
adecuada del cuerpo respecto del instrumento que posibilite y favorezca la
acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-manos-dedos izquierdos sobre el
diapasón y derechos sobre las cuerdas.
2. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento para conseguir un
perfeccionamiento continuo de la calidad sonora, saber utilizarlas dentro de
las exigencias del nivel, así como desarrollar hábitos de cuidado y
mantenimiento del mismo.
3. Interpretar un
repertorio básico de una dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
Percepción y desarrollo de
las funciones motrices que intervienen en la ejecución guitarrística flamenca y
de su adecuado control y coordinación.
1. Desarrollo de la
habilidad de cada mano y la sincronización de ambas. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como factor fundamental para la obtención de una mayor
calidad sonora.
Afinación del instrumento.
Principios generales de la digitación guitarrística flamenca: Pulgar, picado,
arpegio, trémolo, alzapúa, rasgueado, así como su realización en función de una
mayor expresividad de las ideas y contenidos musicales. Trabajo de la dinámica
y de la agógica.
Utilización de las distintas
posibilidades tímbricas del instrumento. Conocimientos básicos de los
diferentes recursos de la guitarra. Aprendizaje de las diversas formas de
ataque de la mano derecha para conseguir progresivamente una calidad sonora y
rítmica adecuada a la realización de distintos planos simultáneos Aprendizaje
de los cambios de posición de la mano izquierda: Deslizamientos, posiciones,
traslados longitudinales y transversales, etcétera, para conseguir una mejor
adaptación de los mismos de cara a la interpretación.
Iniciación a la comprensión
de las estructuras musicales centrando la atención en los toques básicos
(soleá, seguiriya y tiento) en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos,
frases, secciones, etcétera. Práctica de conjunto.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio, correctos y
eficaces. Lectura a vista de obras o fragmentos sencillos. Práctica de
conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
guitarrístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la
capacidad musical y técnica del alumno.
Instrumentos de cuerda: Violín, viola, violoncello y contrabajo
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de instrumentos
de cuerda en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo
contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una posición
corporal que permita la correcta colocación del instrumento y que favorezca al
manejo del arco y la actividad de la mano izquierda así como la coordinación
entre ambos.
2. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas,
dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de
conjunto.
3. Demostrar una
sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación y el
perfeccionamiento continuo de la calidad sonora.
4. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una
dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
1. Producción del sonido:
Cuerdas al aire, empleando todo el arco y distintas longitudes de este.
Posición del instrumento y
del arco: control muscular.
Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Conocimiento de los golpes
de arco básicos y del vibrato como elementos de expresión musical.
Estudio de las posiciones.
Desarrollo del movimiento horizontal del brazo derecho (cantabile) y del movimiento
perpendicular de los dedos de la mano izquierda así como de la coordinación
entre ambos.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y
eficaces.
Lectura a vista de obras o
fragmentos sencillos. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales
en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones,
etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no
meramente intuitiva.
Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y
técnica del alumno.
Instrumentos de Cuerda Pulsada
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de los
Instrumentos antiguos de cuerda pulsada en las enseñanzas elementales de música
tendrá como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades
siguientes:
1. Adoptar una postura
adecuada del cuerpo que favorezca la actividad del conjunto
brazo-antebrazo-mano-dedos en el instrumento.
2. Conocer el mecanismo de
sensación-pulsación de las cuerdas y saber utilizar sus posibilidades para
obtener un perfeccionamiento gradual de la calidad sonora.
3. Utilizar las
posibilidades expresivas y dinámicas de distintas combinaciones de pulsación
(cuerda simple o doble, apoyando o sin apoyar, sensación de peso en pulgar,
figueta, etcétera).
4. Interpretar un
repertorio básico que incluya arreglos, estudios, prácticas y obras
representativas de diversos estilos adecuados a este nivel.
Contenidos
1. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Aprendizaje de los diversos
modos de ataque y pulsación en relación con la frase (notas fuertes y débiles,
con pulgar, índice o medio) y la textura musical (una o más voces).
Estudio de las diferentes
tablaturas (italiana y francesa) y nota real.
Práctica de ejercicios de
independencia y fortalecimiento de los dedos.
Trabajo en grupo (clase
colectiva).
Conocimiento de los
distintos bajos ostinatos sobre los que se han construido determinadas obras.
Lectura a vista de piezas o
fragmentos sencillos.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria.
Adquisición de hábitos de
estudio correctos.
Iniciación a la comprensión
de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas,
períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una
interpretación consciente y no meramente intuitiva. Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva de
ejercicios y obras del repertorio propio de este nivel, que se consideren
útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y técnica del
alumno.
Instrumentos de púa
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de
instrumentos de púa en las enseñanzas elementales de música tendrá como
objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una posición
adecuada del cuerpo respecto al instrumento, que posibilite y favorezca la
acción del conjunto brazo-antebrazo-muñeca-manos-dedos izquierdos sobre el
diapasón y derechos sobre la púa y las cuerdas.
2. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas,
dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como
de conjunto.
3. Utilizar, siempre dentro
de las exigencias del nivel, las distintas articulaciones de la púa, posibles
en estos instrumentos.
4. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una
dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
1. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Conocimiento del diapasón y
del funcionamiento de la mano izquierda. Coordinación entre ambas manos.
El diapasón en la bandurria
y en la mandolina: sus características. Práctica de la afinación con y sin
aparatos auxiliares.
Práctica de las distintas
articulaciones de la púa (directa, indirecta, alzapúa, batido) teniendo en
cuenta las diversas cualidades de los sonidos a emitir.
Práctica de la lectura a
vista. Iniciación en la comprensión de las estructuras musicales en sus
distintos niveles: motivos, temas, frases, secciones, etcétera, para conseguir
sentar las bases de una interpretación consciente.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y
eficaces.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y
técnica del alumno. Práctica de conjunto.
Instrumentos de viento madera: Flauta travesera, oboe, clarinete,
fagot y saxofón
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de
instrumentos de viento madera en las enseñanzas elementales de música tendrá
como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades
siguientes:
1. Adoptar una posición
corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta
colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.
2. Controlar el aire
mediante la respiración diafragmática y los músculos que forman la embocadura
de manera que posibilite una correcta emisión, afinación, articulación y
flexibilidad del sonido.
3. Saber utilizar con
precisión los reflejos necesarios para corregir, de forma automática, la
afinación de las notas y la calidad del sonido.
4. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas,
dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como
de conjunto.
5. Demostrar una
sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación y el
perfeccionamiento continuo de la calidad sonora.
6. Emitir un sonido
estable, en toda la extensión del instrumento, empezando a utilizar el vibrato
y los diferentes matices para dar color y expresión a la interpretación
musical.
7. Conocer el montaje y
fabricación de las lengüetas y poder rebajarlas para su correcto funcionamiento
(instrumentos de lengüeta doble).
8. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una
dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
1. Práctica de la
relajación y respiración para el desarrollo de la capacidad pulmonar.
Fortalecimiento de los músculos faciales.
Ejercicios de respiración
sin y con instrumento (notas tenidas controlando la afinación, calidad del
sonido y dosificación del aire).
Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Práctica de escalas e
intervalos (terceras, cuartas) controlando la emisión del aire en diferentes
articulaciones. Emisión del sonido en relación con las diversas dinámicas y alturas.
Desarrollo de la flexibilidad en los saltos, articulaciones, trinos, etcétera.
Práctica de conjunto con
otros instrumentos para desarrollar la afinación, el ajuste y la precisión
rítmica.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y
eficaces.
Lectura a vista de obras o
fragmentos sencillos. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales
en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones,
etcétera, para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no
meramente intuitiva. Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y
técnica del alumno.
Instrumentos de viento metal: Trompa, trompeta, trombón, tuba
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de
instrumentos de viento metal en las enseñanzas elementales de música tendrá
como objetivo contribuir a desarrollar en los alumnos las capacidades
siguientes:
1. Adoptar una posición
corporal que permita respirar con naturalidad y que favorezca la correcta
colocación del instrumento y la coordinación entre ambas manos.
2. Controlar el aire
mediante la respiración diafragmática y los músculos que forman la embocadura
de manera de posibilite una correcta emisión, afinación, articulación y
flexibilidad del sonido.
3. Saber utilizar con
precisión los reflejos necesarios para corregir de forma automática, la
afinación de las notas y la calidad del sonido.
4. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas,
dentro de las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como
de conjunto.
5. Demostrar una
sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación y el
perfeccionamiento continuo de la calidad sonora.
6. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras representativas de diferentes estilos, de
una dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
1. Práctica de la
relajación y respiración para el desarrollo de la capacidad pulmonar.
Fortalecimiento de los músculos faciales.
Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Estudios de emisión del
sonido. Principios básicos de la digitación. Práctica de las distintas
articulaciones. Trabajo de la dinámica.
Desarrollo de la
flexibilidad de los labios, con la práctica de intervalos ligados y con
posiciones fijas. Estudio de la boquilla. Utilización de instrumentos afines,
que por tamaño faciliten el posterior aprendizaje de la tuba o el trombón
(bombardino o trombón de pistones) o de la trompeta (cornetín o corneta de
pistones).
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y
eficaces.
Lectura a vista de obras o
fragmentos sencillos. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales
en sus distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera,
para llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente
intuitiva.
Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y
técnica del alumno.
Percusión
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de percusión
en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a
desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Conocer las
características de todos los instrumentos que constituyen la familia de la
percusión y sus posibilidades sonoras para utilizarlas, dentro de las
exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como en la colectiva.
2. Aplicar una sensibilidad
auditiva que valore por igual, en toda la gama de instrumentos, la exigencia de
la calidad sonora.
3. Interpretar un
repertorio de conjunto de diferentes estilos adecuado a las dificultades de
este nivel.
Contenidos
1. Desarrollo de la
habilidad de cada mano y del juego coordinado de ambas.
Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa para conocer, valorar y emplear toda la
riqueza y la diversidad tímbrica que poseen los instrumentos que integran la
sección. Desarrollo de la versatilidad necesaria para tocar simultánea o
sucesivamente distintos instrumentos.
Conocimientos básicos de la
forma de producción del sonido en cada instrumento (distintos tipos de
baquetas, dedos, manos, etcétera). Principios generales sobre los cambios de
manos. Aprendizaje de los diversos modos de ataque.
Estudio de los instrumentos
de "pequeña percusión", con especial hincapié en todos aquellos que se puedan
tocar directamente con la mano (bongóes, pandero, tumbadoras, etcétera). Desarrollo
de la práctica de conjunto como medio indispensable para adquirir la percepción
simultánea de la diversidad tímbrica característica de la percusión.
Aprendizaje elemental de
caja, xilófono y timbales como instrumentos básicos para el desarrollo rítmico,
melódico y auditivo (afinación); estudios de dificultad progresiva en estos
instrumentos.
Estudio de obras de nivel
elemental para conjunto de percusión que reúnan una gama amplia y variada de
instrumentos con intercambio sistemático de los diversos instrumentos que
integren el conjunto.
Práctica de la
improvisación en grupo. Práctica de la lectura a vista para favorecer la
flexibilidad de adaptación a las características de escritura para los diversos
instrumentos.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Adquisición de hábitos de estudio correctos y
eficaces.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y
técnica del alumno.
Piano
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de piano en
las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a
desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una posición
adecuada del cuerpo con respecto al instrumento, que posibilite y favorezca la
acción del conjunto brazo-antebrazo-mano sobre el teclado.
2. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento y saber utilizarlas
dentro de las exigencias del nivel.
3. Conocer las diferentes
épocas que abarca la literatura pianística a lo largo de su historia y de las
exigencias que plantea una interpretación estilísticamente correcta.
4. Mostrar un grado de
desarrollo técnico que permita abordar siempre dentro de las exigencias del
nivel, los distintos estilos de escritura que son posibles en un instrumento de
la capacidad polifónica del piano.
5. Interpretar un
repertorio de obras representativas de las diferentes épocas y estilos de una
dificultad adecuada al nivel.
Contenidos
1. Desarrollo de la
percepción interna de la propia relajación, así como de los indispensables
esfuerzos musculares que requiere la ejecución instrumental, tratando siempre
de hallar un equilibrio satisfactorio entre ambos factores.
Sentar las bases de una
utilización consciente del peso del brazo. Desarrollo de la habilidad de cada
mano y del juego coordinado de ambas.
Planificación del trabajo
de la técnica teniendo en cuenta los siguientes principios generales: a)
Práctica de la técnica digital dirigida a incrementar la independencia, la
velocidad, la resistencia y la capacidad de diversificación dinámica partiendo
de los movimientos de las articulaciones de los dedos; b) estudio de los
movimientos posibles a partir de las distintas articulaciones del brazo
(muñeca, codo, hombro), tales como caídas, lanzamientos, desplazamientos
laterales, movimientos circulares y de rotación y toda la combinatoria que
permiten; c) percepción clara de que la interacción permanente de esos
diferentes tipos de acciones constituyen la base de toda técnica pianística
eficaz.
Estudio de los principios
generales de la digitación pianística y su desarrollo en función de la
complejidad progresiva de las dificultades a resolver.
Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Aprendizaje de los diversos
modos de ataque y de articulación en relación con la dinámica, la conducción de
la frase y la densidad de la textura musical.
Desarrollo de la capacidad
de obtener simultáneamente sonidos de distinta intensidad entre ambas manos o
entre los dedos de una misma mano, tratando de alcanzar una diferenciación
dinámica que resulta indispensable en un instrumento polifónico como el piano,
ya se trate de la relación melodía-acompañamiento o de planteamientos
contrapuntísticos de mayor o menor complejidad.
Conocimiento y práctica de
los pedales. Iniciación a la comprensión de las estructuras musicales en sus
distintos niveles, motivos, temas, períodos, frases, secciones, etcétera, para
llegar a través de ello a una interpretación consciente y no meramente
intuitiva.
Entrenamiento permanente y
progresivo de la memoria. Desarrollo de hábitos correctos y eficaces de
estudio, estimulando la concentración, el sentido de la autocrítica y la
disciplina en el trabajo. Práctica de conjunto.
2. Selección, progresiva en
cuanto al grado de dificultad, de los ejercicios, estudios y obras del
repertorio pianístico que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de
la capacidad musical y técnica del alumno.
Viola da Gamba
Objetivos y competencias o capacidades
La enseñanza de Viola da
Gamba en las enseñanzas elementales de música tendrá como objetivo contribuir a
desarrollar en los alumnos las capacidades siguientes:
1. Adoptar una posición
corporal que permita la correcta colocación del instrumento y que favorezca el
manejo del arco y de la actividad de la mano izquierda así como la coordinación
entre ambos.
2. Conocer las
características y posibilidades sonoras del instrumento para conseguir un
perfeccionamiento continuo de la calidad sonora y saber utilizarlo, dentro de
las exigencias del nivel, tanto en la interpretación individual como de
conjunto.
3. Demostrar una
sensibilidad auditiva que permita el control permanente de la afinación.
4. Interpretar un
repertorio básico integrado por obras de diferentes épocas y estilos, de una
dificultad acorde con este nivel.
Contenidos
1. Desarrollo de la
sensibilidad auditiva como premisa indispensable para la obtención de una buena
calidad de sonido.
Principios básicos de las
posiciones de los dedos, de las posiciones en el mástil y del manejo del arco.
Desarrollo de la conciencia
corporal necesaria para comprender la incidencia de los movimientos en el manejo
del instrumento.
Sensibilización del brazo
derecho para obtener un ataque justo, seguridad rítmica y flexibilidad en los
cambios de arco. Sensibilización del brazo izquierdo para desarrollar la
agilidad, afinación y facilitar la ornamentación.
Desarrollo de la
improvisación. Introducción a la práctica de la interpretación histórica.
Entrenamiento permanente y progresivo de la memoria.
Adquisición de hábitos de
estudio correcto y eficaz.
Iniciación a la comprensión
de las estructuras musicales en sus distintos niveles, motivos, temas,
períodos, frases, secciones, etcétera, para llegar a través de ello a una
interpretación consciente y no meramente intuitiva.
Práctica de conjunto.
2. Selección progresiva en
cuanto al grado de dificultad de ejercicios, estudios y obras del repertorio
que se consideren útiles para el desarrollo conjunto de la capacidad musical y
técnica del alumno.
Criterios de evaluación: Instrumento
1. Leer textos a primera
vista con fluidez y comprensión.
Este criterio de evaluación
pretende constatar la capacidad del alumno para desenvolverse con cierto grado
de autonomía en la lectura de un texto.
2. Memorizar e interpretar
textos musicales empleando la medida, afinación, articulación y fraseo
adecuados a su contenido.
Este criterio de evaluación
pretende comprobar, a través de la memoria, la correcta aplicación de los
conocimientos teórico-prácticos del lenguaje musical.
3. Interpretar obras de
acuerdo con los criterios del estilo correspondiente.
Este criterio de evaluación
pretende comprobar la capacidad del alumno para utilizar el tempo, la
articulación y la dinámica como elementos básicos de la interpretación.
4. Describir con
posterioridad a una audición los rasgos característicos de las obras
escuchadas.
Con este criterio se
pretende evaluar la capacidad para percibir y relacionar con los conocimientos
adquiridos, los aspectos esenciales de obras que el alumno pueda entender según
su nivel de desarrollo cognitivo y afectivo, aunque no las interprete por ser
nuevas para él o resultar aún inabordables por su dificultad técnica.
5. Mostrar en los estudios
y obras la capacidad de aprendizaje progresivo individual.
Este criterio de evaluación
pretende verificar que el alumno es capaz de aplicar en su estudio las
indicaciones del profesor y, con ellas, desarrollar una autonomía progresiva de
trabajo que le permita valorar correctamente su rendimiento.
6. Interpretar en público
como solista y de memoria, obras representativas de su nivel en el instrumento,
con seguridad y control de la situación.
Este criterio de evaluación
trata de comprobar la capacidad de memoria y autocontrol y el dominio de la
obra estudiada. Asimismo pretende estimular el interés por el estudio y
fomentar las capacidades de equilibrio personal que le permitan enfrentarse con
naturalidad ante un público.
7. Actuar como miembro de
un grupo y manifestar la capacidad de tocar o cantar al mismo tiempo que
escucha y se adapta al resto de los instrumentos o voces.
Este criterio de evaluación
presta atención a la capacidad del alumno para adaptar la afinación, la
precisión rítmica, dinámica, etcétera, a la de sus compañeros en un trabajo
común.
ANEXO III
RELACIÓN NUMÉRICA PROFESOR-ALUMNO
(Véanse en versión pdf)
ANEXO IV
CARGAS LECTIVAS MÍNIMAS DE LAS ENSEÑANZAS
ELEMENTALES DE MÚSICA
CONTENIDOS CURRICULARES MÍNIMOS
Cargas lectivas mínimas de las enseñanzas
elementales de música
(Véase en versión pdf)
Contenidos curriculares mínimos
Los contenidos curriculares
mínimos, incluyendo las competencias o capacidades, son los del Anexo II,
sustituyendo, en los contenidos de las especialidades instrumentales el
apartado 2 por el siguiente:
"2. Ejercicios y repertorio instrumental
adecuado al nivel".