DECRETO 73/2003, del Consejo de Gobierno, por el que
se crea el centro integrado de enseñanzas artísticas de música y de Educación
Primaria y Secundaria, en San Lorenzo de El Escorial ()
La
Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema
Educativo, establece como finalidad de las enseñanzas de Régimen Especial de
Música y de Danza, proporcionar a los alumnos una formación artística de
calidad y garantizar la cualificación de futuros profesionales. En su
desarrollo, se han establecido currículos de grado elemental y medio, cuyos
tiempos lectivos suponen para el alumnado un considerable número de horas de
presencia física en el centro y una intensa dedicación al estudio.
Es
por lo que la propia Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, estableció en su
artículo 41.1 el deber de las Administraciones de facilitar al alumnado la
posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas de música o danza y las de
régimen general, a cuyo fin, se deben adoptar las oportunas medidas, de
coordinación respecto a la organización y ordenación académica de ambos tipos
de estudios, que incluirán, entre otras, las convalidaciones y la creación de
centros integrados.
La
Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, establece
en el apartado 1 del artículo 65, la tipología de los centros educativos, en
función de las enseñanzas que imparten, y en el apartado 2, del mismo artículo,
especifica que corresponde a las Administraciones Educativas la adaptación de
lo preceptuado en esa Ley, a los centros que abarquen dos o más de las
enseñanzas.
En el
Conservatorio Profesional de Música Padre Antonio Soler de San Lorenzo de El
Escorial, desde el curso 1994/1995, se viene desarrollando, con carácter
experimental, un proyecto de aulas integradas de enseñanza de Educación
Primaria y Secundaria y de Música. A través del análisis y evaluación de esta
experiencia, se ha podido constatar, que tanto en su funcionamiento y
desarrollo, como en los resultados obtenidos, esta opción educativa permite
alcanzar la integración de las enseñanzas, minimizando considerablemente los
efectos que produce, en el alumnado, la sobrecarga lectiva.
El
centro integrado cuya creación se dispone por el presente Decreto, asumirá
todas las enseñanzas de música de grado elemental y medio reconocidas con
validez académica oficial al Conservatorio Profesional de Música Padre Antonio
Soler por el Real Decreto 1904/1982, de 30 de julio. Esta asimilación viene
exigida por la necesaria adecuación a la tipología del centro, en el que se
impartirán, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23
de diciembre, de Calidad de la Educación, las enseñanzas de: Educación
Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas
Artísticas de Música.
La
creación de este centro, permitirá mantener la oferta pública de enseñanzas
profesionales de música en la zona y atender a la creciente demanda de este
tipo de opción educativa integrada, para los alumnos de Enseñanzas Artísticas.
En
virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de
la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y
en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de
Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno,
DISPONGO
Primero
Se
crea el Centro Integrado de enseñanzas profesionales de Música y de Enseñanzas
de Régimen General: Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato que se describe a continuación:
Denominación
genérica: Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación
Primaria y Secundaria.
Domicilio: Calle
Floridablanca, número 3.
Localidad: San
Lorenzo de El Escorial.
Municipio: San
Lorenzo de El Escorial.
Titular:
Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
Segundo
La
creación del Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación
Primaria y Secundaria que se dispone mediante el presente Decreto, supone la extinción,
al finalizar el curso 2002/2003, del actual Conservatorio Profesional de Música
Padre Antonio Soler con código de centro número 28034349, cuyas enseñanzas,
reconocidas con validez académica oficial por el Real Decreto 1904/1982, de 30
de julio, son asumidas, a todos los efectos, por el nuevo centro que ahora se
crea.
Tercero
El
Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y
Secundaria queda autorizado para impartir, con plena validez académica, las
siguientes enseñanzas artísticas de música:
- Grado Elemental
de Música.
-
Grado Medio de Música: 1er, 2º y 3er ciclo.
Cuarto
El
Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y
Secundaria queda autorizado para impartir, con plena validez académica,
Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y Secundaria queda
autorizado para impartir, con plena validez académica, Enseñanzas Artísticas de
Música de Grado Elemental y Grado Medio, en forma de enseñanzas no integradas,
que en todo caso deberán ser compatibles con el desarrollo de las enseñanzas
integradas.
Quinto
El
Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y
Secundaria queda autorizado para impartir, con plena validez académica, las
siguientes enseñanzas de régimen general:
- Educación
Primaria, 2.º y 3er ciclo.
- Educación
Secundaria Obligatoria: 1er y 2º ciclo.
-
Bachillerato en Música.
Sexto
Con
el fin de garantizar la puesta en marcha y su normal desarrollo y
funcionamiento, y en aplicación de lo establecido al respecto en el artículo
91.2 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la
Educación, la Consejería de Educación adoptará las medidas necesarias para
cubrir los órganos unipersonales de gobierno de este centro.
Séptimo
Se
autoriza a la Consejería de Educación a adoptar cuantas medidas sean oportunas
para asegurar el traspaso al Centro Integrado, del personal docente y de
administración y servicios, hasta el momento adscrito al Conservatorio
Profesional de Música Padre Antonio Soler, con código de centro número
28034349. Asimismo, se autoriza a la Consejería de Educación a determinar, en
función de la planificación educativa, las especialidades de las enseñanzas
artísticas de música que se impartirán en el centro, tanto de forma integrada
con las enseñanzas de régimen general, como de forma no integrada, así como a
establecer las adecuaciones curriculares que se estimen necesarias.
Octavo
En
tanto se establezca el Reglamento Orgánico de los Centros que impartan varias
enseñanzas y/o niveles educativos, la Consejería de Educación adoptará cuantas
medidas estime necesarias para establecer los órganos colegiados de gobierno y
de coordinación didáctica, garantizando, en cualquier caso, la participación
efectiva de todos los miembros de la comunidad educativa en la vida del centro,
en su gestión, y en su evaluación, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 77.3 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre.
[Por Orden
2579/2016, de 17 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, se regulan las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los
Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid]