Resolución ELI/3/2024, de 5 de julio,
del Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, por la que
se aprueba la eliminación de determinadas fracciones temporales de series
documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de
Madrid y de las Entidades locales madrileñas.
El
apartado 1 del artículo 55 de la Ley
6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid,
establece que, la eliminación de los documentos tiene el carácter de un
procedimiento administrativo especial consistente en la exclusión y destrucción
física de los documentos, tanto en soporte tradicional como electrónico, en su
condición de bienes de dominio público. En cualquier caso, los documentos
custodiados en los archivos que forman parte del Sistema de Archivos de la
Comunidad de Madrid no podrán ser destruidos mientras subsista su valor
probatorio de derechos y obligaciones de las personas o de las entidades
públicas; así como tampoco cuando se considere que puedan tener en el futuro
valor informativo o histórico. Asimismo, el apartado 2 del artículo 55 de la
Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que eliminación de los documentos sólo
podrá realizarse conforme a los criterios establecidos en las Tablas de
Valoración dictaminadas favorablemente por la Comisión de Acceso y Valoración
de Documentos de la Comunidad de Madrid.
El
artículo 56.1.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que los dictámenes
sobre la autorización de eliminación de documentos de la Comisión de Acceso y
Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid serán preceptivos y
vinculantes, debiendo ser aprobados, salvo en los ámbitos previstos en las
letras c), d) y e) de dicho apartado, mediante Resolución de la persona titular
de la Dirección General competente en materia de Archivos, Gestión de
Documentos y Patrimonio Documental.
El
artículo 24.3.c) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, establece que es función de
la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid
emitir dictamen preceptivo y vinculante sobre la autorización de eliminación de
aquellos documentos que, extinguido su valor probatorio de derechos y obligaciones,
carezcan de interés para la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el
procedimiento que reglamentariamente se establezca.
Además,
de conformidad con las previsiones del apartado 2 de la disposición transitoria
tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, el Consejo de Archivos de la
Comunidad de Madrid, conformado y articulado conforme al Decreto 217/2003, de
16 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que aprueba el Reglamento de
composición, organización y funcionamiento del Consejo de Archivos de la
Comunidad de Madrid, asumirá, durante el plazo máximo e improrrogable de dos
años establecido en el apartado 1, las funciones establecidas en el artículo
24.3 para la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de
Madrid.
Por
último, el artículo 13.4 del Reglamento de composición, organización y
funcionamiento del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, aprobado por
el Decreto 217/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno, creó la
Comisión Evaluadora de Documentos de Archivo como comisión sectorial del
Consejo de Archivos. Así, de conformidad con lo previsto en el apartado 1 del
citado artículo 13, el Pleno del Consejo de Archivos aprobó por el Acuerdo de 4
de junio de 2019 sus funciones, composición, organización y funcionamiento.
Asimismo, por el Acuerdo de 15 de diciembre de 2023, el Pleno del Consejo
estableció delegar la función de emitir dictamen preceptivo y vinculante sobre
la autorización de eliminación de documentos de titularidad pública en la
Comisión Evaluadora de Documentos de Archivo, es decir, la función que, en
virtud del apartado 2 de la disposición transitoria tercera de la Ley 6/2023,
de 30 de marzo, antes citado, tiene atribuido el Pleno del Consejo de Archivos
de conformidad con lo establecido en el artículo 24.3.c) de la precitada Ley
6/2023, de 30 de marzo.
En
cumplimiento de lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 55 y en el
artículo 56.1.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de
la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.3.c) y
en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera de la Ley 6/2023, de 30
de marzo, visto el certificado del acta de la sesión ordinaria de la Comisión
Evaluadora de Documentos de Archivo de 13 de junio de 2024 (Acta número 9/2024
del Libro de Actas del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid del año
2024) elevado por la Secretaria del Consejo de Archivos de la Comunidad de
Madrid y de acuerdo con los dictámenes preceptivos y vinculantes aprobados por
este órgano colegiado,
DISPONGO
Primero. Aprobación de la autorización de la
eliminación de determinadas fracciones temporales de series documentales de
titularidad pública.
1. Se
autoriza la eliminación de todas las fracciones temporales de series
documentales de titularidad pública del Patrimonio Documental Madrileño
presentadas ante el Pleno del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid,
cuya propuesta de dictamen ha sido favorable y cuyo contenido se extracta en el
Anexo Único, conforme a lo aprobado en las correspondientes Tablas de
Valoración, en lo que se refiere a los plazos, muestreos y demás formalidades
previstas, en: la Orden
1151/2023, de 19 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte; la Orden
2009/2017, de 5 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno; la Orden
118/2021, de 10 de febrero, de la Consejera de Cultura y Turismo; la Orden
55/2024, de 19 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte; y la Orden
2598/2016, de 11 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno.
2.
Conforme a lo previsto en el artículo 39.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
eficacia de la autorización de eliminación quedará demorada hasta transcurridos
tres meses desde la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y condicionada a que en ese plazo no haya constancia de la
interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la misma. En caso de
que sea impugnada, no podrá procederse a la eliminación de los documentos hasta
que esta Resolución adquiera firmeza.
3. La
Secretaría del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid comunicará a los
organismos o entidades públicos afectados la eficacia de la autorización.
4. Una
vez producida la eficacia de la autorización, el proceso de destrucción
garantizará la seguridad de los documentos, estando protegidos contra intromisiones
externas, y el método de destrucción será el adecuado que imposibilite la
reconstrucción de los documentos y la recuperación de cualquier información
contenida en ellos.
5. De la
destrucción deberá levantarse obligatoriamente un acta de eliminación por
triplicado, que deberá ir acompañada de una certificación, emitida por la
empresa responsable de la destrucción, en la que conste la fecha o fechas de
destrucción, el volumen de documentos destruidos y el sistema empleado para la
misma, de acuerdo con las previsiones del artículo 56.2.a) de la Ley 6/2023, de
30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid. Asimismo,
deberá enviarse a la Secretaría del Consejo de Archivos de la Comunidad de
Madrid, en el plazo de los diez días siguientes a la fecha de la eliminación,
uno de los tres ejemplares del acta y copia diligenciada de la certificación.
Tanto uno de los tres ejemplares del acta como el original de la certificación
mencionada deberán permanecer en el expediente de eliminación instruido por
cada organismo o entidad pública afectado por la presente Resolución como
garantía jurídica frente a terceros.
6.
Efectuada la destrucción física de los documentos, los responsables de la
custodia de las series documentales de titularidad pública procederán a darlos
de baja en los inventarios correspondientes, de conformidad con lo previsto en
el artículo 56.2.d) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo.
7. Los
organismos o entidades públicos proponentes que custodian las fracciones
temporales de series documentales de titularidad pública cuya eliminación se
autoriza seleccionarán las muestras de las unidades de instalación o de las
unidades documentales que se conservarán permanentemente como testigos de
acuerdo con la Tabla de Valoración de dichas series aprobadas en: la Orden
1151/2023, de 19 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte; la
Orden 2009/2017, de 5 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno; la Orden 118/2021, de 10 de febrero, de la Consejera
de Cultura y Turismo; la Orden 55/2024, de 19 de enero, del Consejero de
Cultura, Turismo y Deporte; y la Orden 2598/2016, de 11 de julio, del Consejero
de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.
8. Contra
esta autorización de eliminación cabe interponer: recurso de alzada ante el
Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre; o recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses a partir también del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Segundo. Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se ordena
la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de acuerdo con lo establecido en los artículos 56.1 b) de la Ley 6/2023,
de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid, y 131 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
ANEXO ÚNICO
Relación de fracciones
temporales de series documentales de titularidad pública cuya
eliminación se autoriza
CÓDIGO DE LA PROPUESTA DE ELIMINACIÓN (CACM)
|
PE 2024/0001
|
ORGANISMO PROPONENTE
|
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
|
IDENTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN TEMPORAL DE LA SERIE
|
I. DENOMINACIÓN DE LA SERIE
|
Expedientes de ayudas
y prestaciones de acción social
para empleados públicos
|
II. PROCEDENCIA (ÚLTIMO ORGANISMO PRODUCTOR)
|
Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades/ Secretaria General Técnica. Subdirección General de Personal
|
III. ARCHIVO DONDE
SE CUSTODIAN LAS
UNIDADES DE INSTALACIÓN OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
Archivo Central de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
|
IV. SOPORTE
|
Papel
|
V. CARACTERÍSTICAS
FÍSICAS
|
DIN A4
|
IDENTIFICACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN APLICADA
|
I. CÓDIGO DE LA TABLA
DE VALORACIÓN (T.V.)
|
TV 79
|
II. ORDEN
DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA A LA
QUE ESTÁ ATRIBUIDA LA COMPETENCIA EN MATERIA DE ARCHIVOS, GESTIÓN
DE DOCUMENTOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE APROBACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN
|
Orden
1151/2023, de 19 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por
la que se aprueban las Tablas de
Valoración de determinadas series documentales de la Administración de la
Comunidad de Madrid, de las universidades madrileñas y de las entidades locales madrileñas.
|
III. VALORACIÓN APLICADA
|
Eliminación Parcial (EP)
|
IV. MUESTRA QUE SE
CONSERVA
|
Tipo de muestreo: Selectivo de tipo Cronológico (Mu S C) y Probabilístico/Aleatorio (Mu S P/A).
Metodología de muestreo:
Eliminación total a los cinco años del cierre del expediente, seleccionando una muestra según los siguientes criterios:
-
Cuando los expedientes se tramiten de forma colectiva para el
conjunto de solicitantes de una determinada línea de ayuda, se
conservará una muestra de 5 instancias junto con los documentos justificativos por año.
-
Cuando los documentos se agrupen en expedientes individuales
para cada empleado público, se conservará una
muestra de un 1% de
los expedientes por año.
Conservación permanente de las actas
de los órganos de valoración con sus listados definitivos.
|
|
|
|
Total de unidades
de instalación a conservar por muestreo: 2 cajas de archivo de formato normalizado, equivalente a 0,24 metros
lineales.
|
RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN
|
I. CUANTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN DE LA SERIE
DOCUMENTAL OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
-
NÚMERO DE UNIDADES
DE INSTALACIÓN
102 cajas de archivo.
-
METROS LINEALES
12,24
|
II. FECHAS EXTREMAS DE LOS DOCUMENTOS A ELIMINAR
|
1998 2013
|
III. OBSERVACIONES
|
No proceden.
|
CÓDIGO DE LA PROPUESTA DE ELIMINACIÓN (CACM)
|
PE 2024/0002
|
ORGANISMO PROPONENTE
|
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
|
IDENTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN TEMPORAL DE LA SERIE
|
I. DENOMINACIÓN DE LA SERIE
|
Expedientes de ayudas
a la escolarización
|
II. PROCEDENCIA (ÚLTIMO ORGANISMO PRODUCTOR)
|
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio.
Subdirección General de Becas
y Ayudas
|
III. ARCHIVO DONDE
SE CUSTODIAN LAS
UNIDADES DE INSTALACIÓN OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
Archivo Central de la Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades
|
IV. SOPORTE
|
Papel.
|
V. CARACTERÍSTICAS
FÍSICAS
|
DIN A4
|
IDENTIFICACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN APLICADA
|
I. CÓDIGO DE LA TABLA
DE VALORACIÓN (T.V.)
|
TV 40
|
II. ORDEN
DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA A LA
QUE ESTÁ ATRIBUIDA LA COMPETENCIA EN MATERIA DE ARCHIVOS, GESTIÓN
DE DOCUMENTOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE APROBACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN
|
Orden 2009/2017, de 5 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se
aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de la
Administración de la Comunidad de
Madrid y se autoriza la eliminación de determinadas fracciones temporales de
series documentales de la Administración de la Comunidad de Madrid.
|
III. VALORACIÓN APLICADA
|
Conservación Parcial con
conservación de muestra (CPcm)
|
IV. MUESTRA QUE SE
CONSERVA
|
Tipo de muestreo: Selectivo (Mu S) de tipo
cronológico (Mu S C) y Ejemplar (Mu
E). Metodología de muestreo:
Se conservará un 1 % de las unidades de instalación por cada tipo
documental diferente y por año
de fin de las unidades de instalación con
más de 15 años desde
su fecha extrema de fin.
Se eliminarán en el plazo de dos años
todas las Solicitudes denegadas Además, se conservarán también
todas las carpetas generales.
Total de unidades de instalación a conservar por muestreo: 3 cajas
de formato normalizado, equivalentes a 0,36
metros lineales.
|
RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN
|
|
|
|
I. CUANTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN DE LA SERIE
DOCUMENTAL OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
-
NÚMERO DE UNIDADES
DE INSTALACIÓN
96 cajas de archivo.
-
METROS LINEALES
11,52
|
II. FECHAS EXTREMAS DE LOS DOCUMENTOS A ELIMINAR
|
2008 2009
|
III. OBSERVACIONES
|
No proceden.
|
CÓDIGO DE LA PROPUESTA DE ELIMINACIÓN (CACM)
|
PE 2024/0003
|
ORGANISMO PROPONENTE
|
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
|
IDENTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN TEMPORAL DE LA SERIE
|
I. DENOMINACIÓN DE LA SERIE
|
Expedientes de recursos administrativos (recursos potestativos de reposición)
|
II. PROCEDENCIA (ÚLTIMO ORGANISMO PRODUCTOR)
|
Consejería de Educación, Ciencia
y Universidades. Secretaria General Técnica. Subdirección General de Régimen Jurídico
|
III. ARCHIVO DONDE
SE CUSTODIAN LAS
UNIDADES DE INSTALACIÓN OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
Archivo Central de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
|
IV. SOPORTE
|
Papel
|
V. CARACTERÍSTICAS
FÍSICAS
|
DIN A4
|
IDENTIFICACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN APLICADA
|
I. CÓDIGO DE LA TABLA
DE VALORACIÓN (T.V.)
|
TV 53
|
II. ORDEN DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA A LA QUE ESTÁ ATRIBUIDA LA
COMPETENCIA EN MATERIA
DE ARCHIVOS, GESTIÓN
DE DOCUMENTOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE APROBACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN
|
Orden
118/2021, de 10 de febrero, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que
se aprueban y modifican las Tablas
de Valoración de determinadas series documentales de la Administración de la
Comunidad de Madrid y de las
Administraciones Locales madrileñas y se autoriza la eliminación de
determinadas fracciones temporales de series documentales de la Administración de la Comunidad de Madrid.
|
III. VALORACIÓN APLICADA
|
Eliminación Total (ET)
|
IV. MUESTRA QUE SE
CONSERVA
|
Tipo de muestreo: Selectivo (Mu S) de tipo
cronológico (Mu S C), Probabilístico / Aleatorio (Mu P/A)
y Ejemplar (Mu
E).
Metodología de muestreo:
- Se conservará una
selección del 1% de las unidades de instalación por año que tengan más de 15 años de antigüedad, de los Recursos que hayan tenido
resolución expresa.
- Se conservarán todos
los Recursos de reposición sin resolución expresa, a partir de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en tanto no se dicte
el acto administrativo que ponga fin al procedimiento.
Total de unidades de instalación a conservar por muestreo: 3 cajas, equivalentes a 0,36 metros
lineales.
|
RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN
|
I. CUANTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN DE LA SERIE
DOCUMENTAL OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
|
|
|
-
NÚMERO DE UNIDADES
DE INSTALACIÓN
352 cajas de archivo.
-
METROS LINEALES
39,84
|
II. FECHAS EXTREMAS DE LOS DOCUMENTOS A ELIMINAR
|
2006 2009
|
III. OBSERVACIONES
|
No proceden.
|
CÓDIGO DE LA PROPUESTA DE ELIMINACIÓN (CACM)
|
PE 2024/0004
|
ORGANISMO PROPONENTE
|
Ayuntamiento de
Alcobendas
|
IDENTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN TEMPORAL DE LA SERIE
|
I. DENOMINACIÓN DE LA SERIE
|
Expedientes sancionadores por infracciones de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial
|
II. PROCEDENCIA (ÚLTIMO ORGANISMO PRODUCTOR)
|
Ayuntamiento de Alcobendas. Unidad de Tráfico
(Policía Local)
|
III. ARCHIVO DONDE
SE CUSTODIAN LAS
UNIDADES DE INSTALACIÓN OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
Externalización realizada con la empresa
Normadat
|
IV. SOPORTE
|
Papel.
|
V. CARACTERÍSTICAS
FÍSICAS
|
Principalmente A4.
|
IDENTIFICACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN APLICADA
|
I. CÓDIGO DE LA TABLA
DE VALORACIÓN (T.V.)
|
TV 59
|
II. ORDEN
DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA A LA
QUE ESTÁ ATRIBUIDA LA COMPETENCIA EN MATERIA DE ARCHIVOS, GESTIÓN
DE DOCUMENTOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE APROBACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN
|
Orden
118/2021, de 10 de febrero, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que
se aprueban y modifican las Tablas
de Valoración de determinadas series documentales de la Administración de la
Comunidad de Madrid y de las
Administraciones Locales madrileñas y se autoriza la eliminación de
determinadas fracciones temporales de series documentales de la Administración de la Comunidad de Madrid
|
III. VALORACIÓN APLICADA
|
Eliminación Total (ET)
|
IV. MUESTRA QUE SE
CONSERVA
|
Tipo de muestreo: Selectivo (Mu S) de tipo
Probabilístico / Aleatorio (Mu P/A).
Metodología de muestreo:
Eliminación total a los 5 años.
Se conservará únicamente una muestra aleatoria del 0,1% de los expedientes producidos cada año,
hasta un máximo
de 10 ejemplares anuales.
Total de unidades de instalación a conservar por muestreo: 6 cajas, equivalentes a 0,6 metros
lineales.
|
RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN
|
I. CUANTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN DE LA SERIE
DOCUMENTAL OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
-
NÚMERO DE UNIDADES
DE INSTALACIÓN
384 cajas de archivo.
-
METROS LINEALES
|
|
|
|
38,4
|
II. FECHAS EXTREMAS DE LOS DOCUMENTOS A ELIMINAR
|
1997 2009
|
III. OBSERVACIONES
|
No proceden.
|
CÓDIGO DE LA PROPUESTA DE ELIMINACIÓN (CACM)
|
PE 2024/0005
|
ORGANISMO PROPONENTE
|
Ayuntamiento de
Alcorcón
|
IDENTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN TEMPORAL DE LA SERIE
|
I. DENOMINACIÓN DE LA SERIE
|
Expedientes de obras
particulares (menores)
|
II. PROCEDENCIA (ÚLTIMO ORGANISMO PRODUCTOR)
|
Servicio de disciplina y control urbanístico del Ayuntamiento de Alcorcón
|
III. ARCHIVO DONDE
SE CUSTODIAN LAS
UNIDADES DE INSTALACIÓN OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
Archivo Municipal
de Alcorcón. Depósitos de Ciudad de Nejapa
|
IV. SOPORTE
|
Papel
|
V. CARACTERÍSTICAS
FÍSICAS
|
DIN A4
|
IDENTIFICACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN APLICADA
|
I. CÓDIGO DE LA TABLA
DE VALORACIÓN (T.V.)
|
TV 88
|
II. ORDEN
DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA A LA
QUE ESTÁ ATRIBUIDA LA COMPETENCIA EN MATERIA DE ARCHIVOS, GESTIÓN
DE DOCUMENTOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE APROBACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN
|
Orden 55/2024, de 19 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo
y Deporte, por la que se aprueban y se dan de baja las
Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad
pública de la Administración de la
Comunidad de Madrid, de las Universidades públicas madrileñas, de Entidades
Locales madrileñas y de Corporaciones de Derecho Público madrileñas
|
III. VALORACIÓN APLICADA
|
Eliminación Parcial (EP).
|
IV. MUESTRA QUE SE
CONSERVA
|
Tipo de muestreo: Cronológica (Mu C) y probabilístico / aleatoria (Mu
P/A).
Metodología de muestreo:
Conservación permanente de los siguientes expedientes:
- Expedientes de licencias urbanísticas de cualquier fecha que se refieran a inmuebles históricos, protegidos y catalogados, así como los que hayan
dado lugar a expedientes de disciplina urbanística.
- Expedientes que incluyan proyecto (instalación de piscinas, tramitadas en algunos ayuntamientos como obras menores, acondicionamiento de locales, etc.)
- Los expedientes que sean testimonio del estado inicial
y puedan servir
de antecedente (cambios
de distribución interior y aperturas de vanos...).
- Los expedientes que
modifiquen la volumetría y envolvente del edificio (cerramientos de terrazas, tendederos y porches, salvo
los cerramientos laterales sin cubrición, que pueden eliminarse).
- Los expedientes cuyo uso permanezca en el tiempo
(carteles y vallas
publicitarias).
Eliminación de:
|
|
|
|
- Todas aquellas unidades de instalación con más de 5 años de
antigüedad desde la firmeza de la resolución, conservándose como muestra un 1% de las unidades de instalación por año que
tengan más de 5 años de antigüedad, cuya
eliminación haya sido aprobada. En la medida de lo posible, se debe procurar conservar un expediente o parte de cada tipo
de licencia, permiso
o vacaciones.
- Se eliminarán en el plazo
de cinco años
todas las declaraciones responsables y los actos comunicados y aquellos procedimientos que no cumplan las condiciones
anteriormente expuestas por la escasa utilidad práctica que la oficina productora concede a este tipo de expedientes desde
el momento de su concesión y, la prácticamente nula consulta, salvo
la muestra seleccionada para conservación permanente.
- Se eliminarán en el plazo de dos años todas las solicitudes denegadas que no hayan
generado derechos ni obligaciones por
parte de los
administrados ni del Ayuntamiento correspondiente.
No se podrán eliminar los expedientes inmersos en procedimientos judiciales hasta la resolución definitiva de los mismos.
Se conservará una muestra elegida de forma
aleatoria, de un 1% de expedientes por cada año
que tengan más de 5 años de antigüedad desde
la última actuación, hasta un máximo
de 20 expedientes por año.
Total de unidades de instalación a conservar por muestreo: 1 caja, equivalente a 0,12 metros
lineales.
|
RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN
|
I. CUANTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN DE LA SERIE
DOCUMENTAL OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
A.
NÚMERO DE UNIDADES
DE INSTALACIÓN
34 cajas
B.
METROS LINEALES
4,08
|
II. FECHAS EXTREMAS DE LOS DOCUMENTOS A ELIMINAR
|
1974 1978
|
III. OBSERVACIONES
|
No proceden.
|
CÓDIGO DE LA PROPUESTA DE ELIMINACIÓN (CACM)
|
PE 2024/0006
|
ORGANISMO PROPONENTE
|
Ayuntamiento de
Valdemoro
|
IDENTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN TEMPORAL DE LA SERIE
|
I. DENOMINACIÓN DE LA SERIE
|
Expedientes de obras
particulares (menores)
|
II. PROCEDENCIA (ÚLTIMO ORGANISMO PRODUCTOR)
|
Ayuntamiento de
Valdemoro
|
III. ARCHIVO DONDE
SE CUSTODIAN LAS
UNIDADES DE INSTALACIÓN OBJETO DE ELIMINACIÓN
|
Archivo municipal
de Valdemoro
|
IV. SOPORTE
|
Papel
|
V. CARACTERÍSTICAS
FÍSICAS
|
DIN A4
|
IDENTIFICACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN APLICADA
|
I. CÓDIGO DE LA TABLA
DE VALORACIÓN (T.V.)
|
TV 88
|
II. ORDEN
DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA A LA
QUE ESTÁ ATRIBUIDA LA COMPETENCIA EN MATERIA DE ARCHIVOS, GESTIÓN
DE DOCUMENTOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE APROBACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN
|
Orden 55/2024, de 19 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo
y Deporte, por la que se aprueban y se dan de baja las
Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad
pública de la Administración de la
Comunidad de Madrid, de las Universidades públicas madrileñas, de Entidades
Locales madrileñas y de Corporaciones de Derecho Público madrileñas
|
III. VALORACIÓN APLICADA
|
Eliminación parcial (EP)
|
IV. MUESTRA QUE SE
CONSERVA
|
Tipo de muestreo: Cronológica (Mu C) y probabilístico / aleatoria (Mu
P/A).
Metodología de muestreo:
Conservación permanente de los siguientes expedientes:
- Expedientes de licencias urbanísticas de cualquier fecha que se refieran a inmuebles históricos, protegidos y catalogados, así como los que hayan
dado lugar a expedientes de disciplina urbanística.
- Expedientes que incluyan proyecto (instalación de piscinas, tramitadas en algunos ayuntamientos como obras menores, acondicionamiento de locales, etc.)
- Los expedientes que sean testimonio del estado inicial
y puedan servir
de antecedente (cambios
de distribución interior y aperturas de vanos...).
- Los expedientes que
modifiquen la volumetría y envolvente del edificio (cerramientos de terrazas, tendederos y porches, salvo los cerramientos laterales sin cubrición, que pueden eliminarse).
- Los expedientes cuyo uso permanezca en el tiempo
(carteles y vallas
publicitarias).
Eliminación de:
|
|
|
|
- Todas aquellas unidades de instalación con más de 5 años de
antigüedad desde la firmeza de la resolución, conservándose como muestra un 1% de las unidades de instalación por año que
tengan más de 5 años de antigüedad, cuya
eliminación haya sido aprobada. En la medida de lo posible, se debe procurar conservar un expediente o parte de cada tipo
de licencia, permiso
o vacaciones.
- Se eliminarán en el plazo
de cinco años todas las declaraciones responsables y los actos comunicados y aquellos procedimientos que no cumplan las condiciones
anteriormente expuestas por la escasa utilidad práctica que la oficina productora concede a este tipo de expedientes desde
el momento de su concesión y, la prácticamente nula consulta, salvo
la muestra seleccionada para conservación permanente.
- Se eliminarán en el plazo de dos años todas las solicitudes denegadas que no hayan
generado derechos ni obligaciones por
parte de los
administrados ni del Ayuntamiento correspondiente.
No se podrán eliminar los expedientes inmersos en procedimientos judiciales hasta la resolución definitiva de los mismos.
Se conservará una muestra elegida de forma
aleatoria, de un 1% de expedientes por cada año
que tengan más de 5 años de antigüedad desde
la última actuación, hasta un máximo
de 20 expedientes por año.
Total de unidades de instalación a conservar por muestreo: 4 cajas, equivalentes a 0,48 metros
lineales.
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RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN
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I. CUANTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN DE LA SERIE
DOCUMENTAL OBJETO DE ELIMINACIÓN
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C.
NÚMERO DE UNIDADES
DE INSTALACIÓN
121 cajas de archivo.
D.
METROS LINEALES
14,52
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II. FECHAS EXTREMAS DE LOS DOCUMENTOS A ELIMINAR
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1987 2018
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III. OBSERVACIONES
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No proceden.
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CÓDIGO DE LA PROPUESTA DE ELIMINACIÓN (CACM)
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PE 2024/0007
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ORGANISMO PROPONENTE
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Ayuntamiento de
Valdemoro
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IDENTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN TEMPORAL DE LA SERIE
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I. DENOMINACIÓN DE LA SERIE
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Publicidad de edictos, anuncios y notificaciones (Correspondencia de Secretaría)
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II. PROCEDENCIA (ÚLTIMO ORGANISMO PRODUCTOR)
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Ayuntamiento de
Valdemoro
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III. ARCHIVO DONDE
SE CUSTODIAN LAS
UNIDADES DE INSTALACIÓN OBJETO DE ELIMINACIÓN
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Oficina del Servicio de Atención al Ciudadano. Ayuntamiento de Valdemoro
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IV. SOPORTE
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Papel
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V. CARACTERÍSTICAS
FÍSICAS
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Cajas normalizadas de archivo (tamaño folio prolongado) y carpetas de anillas AZ
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IDENTIFICACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN APLICADA
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I. CÓDIGO DE LA TABLA
DE VALORACIÓN (T.V.)
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TV 34
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II. ORDEN
DE LA PERSONA TITULAR DE LA CONSEJERÍA A LA
QUE ESTÁ ATRIBUIDA LA COMPETENCIA EN MATERIA DE ARCHIVOS, GESTIÓN
DE DOCUMENTOS Y PATRIMONIO DOCUMENTAL DE APROBACIÓN DE LA TABLA
DE VALORACIÓN
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Orden
2598/2016, de 11 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series
documentales de la Administración de la Comunidad de Madrid y de las
Administraciones Locales madrileñas y se autoriza la eliminación de determinadas fracciones temporales de
series documentales de la Administración de la Comunidad de Madrid
y de las Administraciones Locales madrileñas.
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III. VALORACIÓN APLICADA
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Eliminación Total con conservación
de muestra (ETcm).
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IV. MUESTRA QUE SE
CONSERVA
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Tipo de muestreo: Selectivo (Mu S) de tipo
cronológico (Mu S C), Probabilístico / Aleatorio (Mu P/A)
y Ejemplar (Mu
E).
Metodología de muestreo:
-
Se conservará 1 ejemplar del volumen generado por año que se proponga eliminar.
-
La muestra seleccionada aleatoriamente para su conservación se transferirá al Archivo Municipal como testimonio del procedimiento.
-
Los datos existentes en la aplicación informática Oficina del
Registro Virtual de Entidades ORVE o cualesquier
otras que pudieran existir en el futuro se transferirán al archivo municipal
en formato electrónico, y deberá
adecuarse a lo establecido en los Esquemas Nacionales de Seguridad y de Interoperabilidad y en las
Normas Técnicas de Interoperabilidad correspondientes, cuando
se disponga de los medios
tecnológicos necesarios.
Total de
unidades de instalación a conservar por muestreo: 1
carpeta con un ejemplar de cada año, equivalente
a 0,07 metros lineales.
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RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN
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I. CUANTIFICACIÓN DE LA FRACCIÓN DE LA SERIE
DOCUMENTAL OBJETO DE ELIMINACIÓN
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-
NÚMERO DE UNIDADES
DE INSTALACIÓN
10 cajas + 13
carpetas AZ
-
METROS LINEALES
2,11
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II. FECHAS EXTREMAS DE LOS DOCUMENTOS A ELIMINAR
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2011 2018
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III. OBSERVACIONES
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No proceden.
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Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.