descarga en formato PDF   ver PDF   descarga en formato WORD   ver WORD  

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 55/2024, de 19 de enero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban y se dan de baja las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid, de las Universidades públicas madrileñas, de Entidades Locales madrileñas y de Corporaciones de Derecho Público madrileñas. ([1])

 

 

 

El apartado 1 del artículo 54 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid establece que, la valoración y la selección de los documentos se efectuará de acuerdo con los criterios que determine la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid, que será, en su respectivo ámbito de actuación, la encargada de confeccionar y aprobar las Tablas de Valoración de las series documentales, instrumentos imprescindibles para poder llevar a cabo la eliminación de los documentos. Asimismo, el apartado 3 del artículo 54 de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que todos los documentos de titularidad pública serán valorados y seleccionados, para determinar su conservación o eliminación, de acuerdo con: el interés que presenten desde un punto de vista administrativo, contable, fiscal, jurídico, informativo o histórico; los plazos de transferencia, conservación o eliminación; así como el régimen de su acceso.

El artículo 56.1.a) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, determina que los dictámenes sobre la aprobación de Tablas de Valoración de series documentales de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid serán preceptivos y vinculantes, debiendo ser aprobados, salvo en los ámbitos previstos en las letras c), d) y e) de dicho apartado, mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental.

El artículo 24.3.b) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, establece que es función de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid emitir dictamen preceptivo y vinculante sobre la aprobación de las Tablas de Valoración de las series documentales y controlar su correcta aplicación.

Además, de conformidad con las previsiones del apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, el Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, conformado y articulado conforme al Decreto 217/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que aprueba el Reglamento de composición, organización y funcionamiento del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, asumirá, durante el plazo máximo e improrrogable de dos años establecido en el apartado 1, las funciones establecidas en el artículo 24.3 para la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de lo establecido en los apartados 1 y 3 del artículo 54 y en el artículo 56.1.a) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.3 b) y en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, visto el certificado del acta de la sesión extraordinaria del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid de 15 de diciembre de 2023 (Acta número 20/2023 del Libro de Actas del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid del año 2023) elevado por la Secretaria del Consejo de Archivos y de acuerdo con los dictámenes preceptivos y vinculantes aprobados por este órgano colegiado,

DISPONGO

Primero. Aprobación de las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública

1. Se aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública del Patrimonio Documental Madrileño que figuran extractadas en el Anexo Único.

2. Se declaran como series documentales comunes de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid, las Universidades públicas madrileñas y las Entidades Locales madrileñas, por tanto, de aplicación al conjunto de organismos y archivos que conforman dichas Administraciones aquellas series en cuya Tabla de Valoración el campo ʺTipología de la Serieʺ figure indicado con la expresión ʺComúnʺ.

Segundo. Baja de la Tabla de Valoración de una serie documental de titularidad pública número TV-38, aprobada por la Orden 4831/2016, de 7 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

Se da de baja la Tabla de Valoración número TV-38 correspondiente a la serie documental de titularidad pública ʺExpedientes de visado de trabajos profesionales del Colegio Oficial de Arquitectos de Madridʺ, aprobada por la Orden 4831/2016, de 7 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Tercero. Baja de la Tabla de Valoración de una serie documental de titularidad pública número TV-32, aprobada por la Orden 2598/2016, de 11 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

Se da de baja la Tabla de Valoración número TV-32 correspondiente a la serie documental de titularidad pública ʺExpedientes de subvenciones públicasʺ, aprobada por la Orden 2598/2016, de 11 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Cuarto. Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Se ordena la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo establecido en los artículos 56.1.a) de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid y 131 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

 


ANEXO ÚNICO

Tablas de Valoración aprobadas de series documentales de titularidad pública

 

CÓDIGO DE LA TABLA DE VALORACIÓN (T.V.)

FECHA DE APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE ARCHIVOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

FECHAS DE MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE LA TABLA DE VALORACIÓN

TV – 83

15/12/2023

 

CÓDIGO DE LA SERIE TIPOLOGÍA DE LA SERIE

ORGÁNICO

 

FUNCIONAL

 

Común

1972 – Actualidad

 

DENOMINACIÓN DE LA SERIE

Expedientes de concesión del Título de Doctor Honoris Causa

PROCEDENCIA Y UNIDAD PRODUCTORA

ORGANISMO

UNIDAD

ADMINISTRATIVA

FUNCIÓN

FECHA

INICIAL

FECHA

FINAL

 

UNIVERSIDADES

 

CLAUSTRO ORDINARIO / RECTOR

 

Aprobar, en su caso, las propuestas o iniciativas de concesión del título de Doctor Honoris Causa.

 

1920

 

1986

 

UNIVERSIDADES

 

SECRETARÍA GENERAL / JUNTA DE GOBIERNO/RECTOR

Tramitar las propuestas o iniciativas de concesión del título de Doctor Honoris Causa.

 

Custodia del libro registro de Doctores Honoris Causa.

 

Organizar el Acto de Investidura

 

1986

 

 

UNIVERSIDADES

 

GABINETE DEL RECTOR

 

Organizar el Acto de Investidura

 

20171

 

DICTAMEN DE APROBACIÓN

I. ACCESO Y SEGURIDAD DE LOS DOCUMENTOS Y DE LA INFORMACIÓN

-   Condiciones generales de acceso a la serie documental: la serie es de acceso libre

 

 

 

 


 

-   Plazo en el que la serie será de acceso libre: No procede.

-   El acceso a la serie documental está regulado o afectado por normativa específica: No.

-   Contenidos sujetos a un régimen especial de publicidad: No.

-   Contenidos susceptibles de protección: No.

-   Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y modalidad de disociación de datos o acceso parcial): No procede.

-   Medidas específicas de seguridad requeridas por la serie documental: No proceden.

II. SELECCIÓN

-   Selección de la serie: Conservación Permanente (CP).

-   Metodología de la selección: No procede.

-   Tipo de muestra: No procede.

-   Plazos de eliminación: No proceden.

-   Soporte de sustitución: No.

-   Conservación de la documentación original en caso de sustitución de soporte: No procede.

-   Plazos de permanencia:

 

 

PLAZO (años)

JUSTIFICACIÓN

EN ARCHIVO DE GESTIÓN

 

1 año

Artículo 51.2 Ley 6/2023, de 30 de marzo, de

Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid

EN ARCHIVO CENTRAL

 

 

EN ARCHIVO INTERMEDIO

 

 

ESTIÓN

 

-   Observaciones: Dado que es una serie de conservación permanente, se propone transferir los expedientes directamente de la fase de Archivo de Oficina a la Fase de Archivo Histórico, transcurrido un 1 año desde el cierre definitivo del expediente, en aras de garantizar su conservación y disposición.

 

III. RECOMENDACIONES AL GESTOR

 

No proceden.

 

1 En las universidades de la Comunidad de Madrid, en la segunda década de los años 2000, se crean Gabinetes del Rector/a o de Protocolo que se encargan de la organización del acto de investidura.

 

 


 

CÓDIGO DE LA TABLA DE VALORACIÓN (T.V.)

FECHA DE APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE ARCHIVOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

FECHAS DE MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE LA TABLA DE VALORACIÓN

TV – 84

15/12/2023

 

CÓDIGO DE LA SERIE TIPOLOGÍA DE LA SERIE

FECHAS EXTREMAS DE LA SERIE VALORADA

ORGÁNICO

 

FUNCIONAL

 

Común

1980 – Actualidad

DENOMINACIÓN DE LA SERIE

Expedientes de subvenciones públicas (concesión directa)1

PROCEDENCIA Y UNIDAD PRODUCTORA

ORGANISMO

UNIDAD ADMINISTRATIVA

FUNCIÓN

FECHA INICIAL

FECHA FINAL

 

CONSEJERÍAS

 

DIRECCIONES GENERALES

Gestión y seguimiento de la concesión dineraria a favor de personas

públicas o privadas

 

01/03/1983

 

 

ÓRGANOS DE GESTIÓN

 

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Gestión y seguimiento de la concesión dineraria a favor de personas

públicas o privadas

 

01/03/1983

 

 

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

 

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Gestión y seguimiento de la concesión dineraria a favor de personas

públicas o privadas

 

01/03/1983

 

 

OTROS ENTES

 

ÓRGANOS RECTORES / GERENCIAS

Gestión y seguimiento de la concesión dineraria a favor de personas

públicas o privadas

 

01/03/1983

 

 

DICTAMEN DE APROBACIÓN

I. ACCESO Y SEGURIDAD DE LOS DOCUMENTOS Y DE LA INFORMACIÓN

 

-   Condiciones generales de acceso a la serie documental: la serie incluye contenidos susceptibles de protección (requiere solicitud de acceso).

-     Plazo en el que la serie será de acceso libre: 25/30/50 años2

-   El acceso a la serie documental está regulado o afectado por normativa específica: Sí.

 

RÉGIMEN

NORMA REGULADORA

X

Información

catastral

Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario

X

Secreto fiscal o

tributario

 

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria


 

-   Contenidos sujetos a un régimen especial de publicidad: Sí.

 

CONTENIDOS AFECTADOS

REFERENCIA NORMATIVA

Información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión recaídas en los términos establecidos en el artículo 20

Artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

 

Principios de la publicidad de las subvenciones

Artículos 4 y 6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid

 

Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios

Artículo 8.1 c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

Artículo 25.1 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de

Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

 

-   Contenidos susceptibles de protección: Sí.

 

CONTENIDOS AFECTADOS

REFERENCIA NORMATIVA

 

 

Datos cuya divulgación pueda afectar a intereses privados (PR)

 

PR1. Intereses económicos y comerciales

Artículo 14.1 h) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Artículo 34 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de

transparencia y de participación de la Comunidad de Madrid.

 

PR2. Secreto profesional. Propiedad intelectual e industrial

Artículo 14.1 h) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Artículo 34 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de

transparencia y de participación de la Comunidad de Madrid.

 

Datos de carácter personal (DP)

 

DP4 – Otros datos de carácter personal susceptibles de protección

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

Artículo 15.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

 

Artículo 35.3 de la Ley 10/2019, de 10 de abril,

de transparencia y de participación de la Comunidad de Madrid.


 

 

-   Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y modalidad de disociación de datos o acceso parcial): Sí.

 

•      Anonimización de datos de carácter personal

•      Seudonimización de datos de carácter personal

•      Exclusión de documentos para acceso parcial: Documentos afectados por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

 

-   Medidas específicas de seguridad requeridas por la serie documental: No proceden.

II. SELECCIÓN

-   Selección de la serie: Eliminación Parcial (EP).

-   Metodología de la selección:

A.    PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA NOMINATIVA EN LEY DE PRESUPUESTOS: Se conservarán permanentemente las órdenes de resolución o convenios.

B.    PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA MEDIANTE DISPOSICIÓN LEGAL: Se conservarán permanentemente las órdenes de resolución o convenios.

C.    PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA NOMINATIVA DE CARÁCTER EXCEPCIONAL: Se conservarán permanentemente los expedientes adjudicados.

D.    Se conservarán también todos los documentos elaborados como fin último de la subvención, documentos justificativos que revistan la forma de Memoria, Estudio o Proyecto de Investigación, Formación, Obras o cualesquier otras similares.

E.    Se conservarán hasta su resolución definitiva los expedientes incursos en procedimientos judiciales.

F.    Con carácter general, se eliminarán los documentos no contemplados en los apartados anteriores que tengan más de 15 años de antigüedad desde la fecha de finalización del expediente, conservándose como muestra un 1% de los mismos, hasta 1 caja por año.

G.   Se eliminarán en el plazo de dos años todas las Solicitudes denegadas con su documentación adjunta que no hayan generado derechos ni obligaciones por parte de los administrados ni de la Comunidad de Madrid.

H.    Esta selección se aplicará tanto a la documentación generada en papel como en soporte electrónico.

I.     A los expedientes producidos por la Administración General del Estado les será de aplicación la correspondiente tabla dictaminada por la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.

J.    La muestra seleccionada para su conservación permanente como testimonio de la serie documental se transferirá al Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.

 

-   Tipo de muestra: Muestreo Selectivo (Mu-S) Cronológico (Mu-C) y Probabilístico/Aleatorio (Mu-P/A)

-   Plazos de eliminación:

_       EN ARCHIVO DE GESTIÓN: A los 2 años las solicitudes denegadas.

_       EN ARCHIVO CENTRAL: 15 años.

_       EN ARCHIVO INTERMEDIO: No procede.

-   Soporte de sustitución: No.

-   Conservación de la documentación original en caso de sustitución de soporte: No procede.

-   Plazos de permanencia:

 

PLAZO (años)              JUSTIFICACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PLAZO (años)

JUSTIFICACIÓN

 

 

 

EN ARCHIVO DE GESTIÓN

 

 

EN ARCHIVO CENTRAL

 

 

 

EN ARCHIVO INTERMEDIO

2 años3 / 5 años

-   Artículo 9.2 de la Ley 6/2023 de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid.

-   Artículo 51.2 a), de la Ley 6/2023 de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid.

 

10 años

-   Artículo 10.2 de la Ley 6/2023 de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid.

-   Artículo 51.2 b), de la Ley 6/2023 de Archivos y Documentos de la Comunidad

de Madrid.

 

 

-   Observaciones: No proceden.

III. RECOMENDACIONES AL GESTOR

 

1ª. Control del cierre de los expedientes. Los sistemas o aplicaciones que se ocupen de la tramitación y gestión de los documentos de estos expedientes tienen obligatoriamente que procurar, bien de forma automática, bien de forma asistida, el cierre de los expedientes. El Esquema de Metadatos para la Gestión del Documento Electrónico (e – EMGDE) contempla un metadato específico para recoger la fecha de cierre del expediente, el eEMGDE4.2 – Fecha fin, cuya aplicación permitirá realizar el cálculo del plazo de conservación de los expedientes y automatizar el proceso de selección. La cumplimentación de este metadato conllevará a su vez el cambio de valor del metadato obligatorio Estado, que pasará de ʺAbiertoʺ a ʺCerradoʺ. Se propone como desencadenante de cierre el transcurso de un plazo de seis meses a contar desde la acreditación de la notificación de la resolución o acto administrativo que pone fin al procedimiento sin que se hayan producido modificaciones en el expediente (nuevas incorporaciones de documentos). Cuando dentro de dicho plazo se haya interpuesto recurso potestativo de reposición, volverá a reiniciarse el mencionado plazo de seis meses a contar desde la acreditación de la notificación de la resolución del recurso. Por último, aquellos expedientes que hayan sido objeto de recurso contencioso – administrativo permanecerán en estado abierto hasta su cierre por parte de la unidad responsable funcional hasta que se produzca la firmeza judicial.

2ª. Incorporación al expediente de la documentación de los recursos. Los documentos que genere la

interposición de recursos administrativos se incorporarán al expediente de referencia.

3ª. Suspensión del plazo de eliminación. Cuando se tenga conocimiento por la Administración de la existencia de procedimientos judiciales que afecten o puedan afectar a expedientes de esta serie, estos deberán conservarse a disposición de los órganos jurisdiccionales, hasta tanto exista constancia de la terminación del procedimiento judicial correspondiente en las sucesivas instancias, por haber recaído resolución no susceptible de recurso o procedimiento alguno ante órganos jurisdiccionales nacionales o internacionales.

4ª. Control de acceso. Es necesario que la unidad responsable defina los distintos perfiles de acceso a los datos de la serie y los permisos asociados a cada perfil.

5ª. Generación de datos cuantitativos sobre la actividad. Los sistemas de gestión han de permitir extraer automáticamente los datos básicos de cada expediente, excluyendo aquellos que permitan identificar a personas físicas, a efectos de su explotación y como testimonio del ejercicio de la actividad a lo largo del tiempo a partir de los datos cuantitativos del mismo.

 

1       Quedan excluidos de la presente Tabla de Valoración:

-     Los Expedientes de subvenciones de fondos provenientes de la Unión Europea.

-     Los Expedientes de subvenciones asimilables a becas, transferencias, préstamos, beneficios fiscales, aportaciones de capitales y reducciones de tipos de interés.

-     Las ayudas y subvenciones de asistencia social especial concedidas a colectivos especialmente vulnerables o protegidos por las particularidades de un tipo de procedimiento más cercano a la prestación que a la subvención hasta el año 2008.

2       Datos de carácter personal especialmente protegidos: 25 años si se conoce la fecha de fallecimiento o 50 si esta es desconocida (artículo 57 c) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español) y 30 años para la información censal o tributaria (artículo 64.4 de la Ley 6/2023, de 16 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid).

3       Solicitudes denegadas y su documentación adjunta.

 

 

 

 

 

 


 

CÓDIGO DE LA TABLA DE VALORACIÓN (T.V.)

FECHA DE APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE ARCHIVOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

FECHAS DE MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE LA TABLA DE VALORACIÓN

TV – 85

15/12/2023

 

CÓDIGO DE LA SERIE TIPOLOGÍA DE LA SERIE

FECHAS EXTREMAS DE LA SERIE VALORADA

ORGÁNICO

 

FUNCIONAL

 

Común

1980 – Actualidad

DENOMINACIÓN DE LA SERIE

Expedientes de subvenciones públicas (concurrencia competitiva)1

PROCEDENCIA Y UNIDAD PRODUCTORA

ORGANISMO

UNIDAD ADMINISTRATIVA

FUNCIÓN

FECHA INICIAL

FECHA FINAL

 

CONSEJERÍAS

 

DIRECCIONES GENERALES

Gestión y seguimiento de la concesión dineraria a favor de personas

públicas o privadas

 

01/03/1983

 

 

ÓRGANOS DE GESTIÓN

 

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN