[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 327/2022, de 14 de febrero, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y entidades locales e instituciones públicas, para el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, sedes de Equipos de Atención Temprana y sedes de Direcciones de Zonas de Casas de Niños, y a los contratos para el funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2022-2023. ([1])

 

 

 

El Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid, establece, en su artículo 4, que la Consejería competente en materia de educación establecerá anualmente, mediante orden, los módulos de financiación para el funcionamiento de los centros de la red pública de Educación Infantil, ya sean Escuelas Infantiles o Casas de Niños, sujetos a este régimen económico.

Por ello, procede establecer para el curso escolar 2022-2023 las cuantías aplicables a los citados módulos de financiación.

En virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía,

 

DISPONGO

 

Primero.- Ámbito de aplicación

Esta orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de Madrid y las entidades locales e instituciones públicas de la región para el funcionamiento de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en el modelo de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación a los contratos establecidos por las entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de los centros de su titularidad cuya financiación esté por sus propios términos sujeta a la presente orden.

 

Segundo.- Módulos de financiación

1. Para el curso escolar 2022-2023 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:

— Módulo centro: 44.734 euros.

— Módulo plaza escolar 0-1 años: 7.268 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza escolar 1-2 años: 4.154 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza escolar 2-3 años: 2.907 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza escolar segundo ciclo: 2.325 euros por plaza ocupada.

— Módulo plaza horario ampliado: 224 euros por plaza y período ocupado.

2. Para el curso escolar 2022-2023 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:

— Módulo centro de 1-2 unidades: 23.544 euros.

— Módulo centro de 3-4 unidades: 17.658 euros.

— Módulo centro de 5-6 unidades: 11.772 euros.

— Módulo centro de 7 o más unidades: 5.886 euros.

— Módulo plaza: 1.471 euros por plaza ocupada.

— Módulo complementario por plaza ocupada con extensión de servicio: 1.246 euros por plaza ocupada.

3. El módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a las entidades locales, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Equipos de Atención Temprana se establece, para el curso 2022-2023, en la cuantía de 3.047 euros.

4. El módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a las entidades locales, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Direcciones de Zonas de Casas de Niños se establece, para el curso 2022-2023, en la cuantía de 2.311 euros.

 

Tercero.- Disponibilidad presupuestaria

Los actos derivados de la aplicación de esta Orden estarán sujetos a la efectiva disponibilidad de crédito en los presupuestos de la Comunidad de Madrid para los ejercicios de 2022 y 2023.

 

Cuarto.- Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día 1 de septiembre de 2022 y su eficacia se mantendrá hasta el 31 de agosto de 2023.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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