ORDEN 327/2022, de 14 de febrero, del Consejero de Educación,
Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se establecen los
módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia
de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y entidades
locales e instituciones públicas, para el funcionamiento de Escuelas
Infantiles, Casas de Niños, sedes de Equipos de Atención Temprana y sedes de
Direcciones de Zonas de Casas de Niños, y a los contratos para el funcionamiento
de los centros correspondientes al curso escolar 2022-2023. ()
El Decreto 28/2019, de
9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del
primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid, establece, en su
artículo 4, que la Consejería competente en materia de educación establecerá
anualmente, mediante orden, los módulos de financiación para el funcionamiento
de los centros de la red pública de Educación Infantil, ya sean Escuelas
Infantiles o Casas de Niños, sujetos a este régimen económico.
Por ello, procede
establecer para el curso escolar 2022-2023 las cuantías aplicables a los
citados módulos de financiación.
En virtud de las competencias
atribuidas por el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía,
DISPONGO
Primero.- Ámbito
de aplicación
Esta orden es de
aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de Madrid y las
entidades locales e instituciones públicas de la región para el funcionamiento
de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está
basado en el modelo de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación
a los contratos establecidos por las entidades locales e instituciones públicas
para el funcionamiento de los centros de su titularidad cuya financiación esté
por sus propios términos sujeta a la presente orden.
Segundo.- Módulos
de financiación
1. Para el curso
escolar 2022-2023 se establecen los siguientes módulos económicos de
financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:
Módulo centro:
44.734 euros.
Módulo plaza escolar
0-1 años: 7.268 euros por plaza ocupada.
Módulo plaza escolar
1-2 años: 4.154 euros por plaza ocupada.
Módulo plaza escolar
2-3 años: 2.907 euros por plaza ocupada.
Módulo plaza escolar
segundo ciclo: 2.325 euros por plaza ocupada.
Módulo plaza horario
ampliado: 224 euros por plaza y período ocupado.
2. Para el curso
escolar 2022-2023 se establecen los siguientes módulos económicos de
financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:
Módulo centro de 1-2
unidades: 23.544 euros.
Módulo centro de 3-4
unidades: 17.658 euros.
Módulo centro de 5-6
unidades: 11.772 euros.
Módulo centro de 7 o
más unidades: 5.886 euros.
Módulo plaza: 1.471
euros por plaza ocupada.
Módulo
complementario por plaza ocupada con extensión de servicio: 1.246 euros por
plaza ocupada.
3. El módulo de
financiación que la Comunidad de Madrid aportará a las entidades locales, en
concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de
Equipos de Atención Temprana se establece, para el curso 2022-2023, en la
cuantía de 3.047 euros.
4. El módulo de
financiación que la Comunidad de Madrid aportará a las entidades locales, en
concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de
Direcciones de Zonas de Casas de Niños se establece, para el curso 2022-2023,
en la cuantía de 2.311 euros.
Tercero.- Disponibilidad
presupuestaria
Los actos derivados de
la aplicación de esta Orden estarán sujetos a la efectiva disponibilidad de
crédito en los presupuestos de la Comunidad de Madrid para los ejercicios de
2022 y 2023.
Cuarto.- Producción
de efectos
La presente Orden
producirá efectos desde el día 1 de septiembre de 2022 y su eficacia se
mantendrá hasta el 31 de agosto de 2023.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.